Ratificada la condena a una mueblería tras el fallecimiento de una mujer al cerrarse una cama plegable

El establecimiento ubicado en el área de Vigo había recurrdio la sentencia dictaminada en primera instancia. 

Ratificación de la Audiencia Provincial

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado la condena a una tienda de muebles del área de Vigo, por el fallecimiento de una mujer, al cerrarse una cama abatible que había adquirido en dicho establecimiento. 

Los hechos tuvieron lugar en abril de 2016, cuando la perjudicada estaba durmiendo y la cama se cerró, volcando la estructura y cayendo el mueble sobre la mujer, que recibió un fuerte impacto en la cabeza y falleció.

En primera instancia ya se había condenado a la mueblería por estos hechos, y se había establecido que debía indemnizar con de 100.800 euros a los familiares de la fallecida. Dicha resolución fue recurrida, tanto por la empresa demandada como por los propios familiares de la víctima, este jueves la sección sexta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha dictado sentencia en la que ratifica la condena a la mueblería.

RECHAZO A LOS ARGUMENTOS DE LA MUEBLERÍA

El tribunal provincial rechaza los argumentos expuestos por los abogados de la tienda de muebles. Aseguraban que un supuesto mal uso del mueble por parte de la mujer fallecida o una posible manipulación de los elementos de seguridad del mismo podría haber sido el causante del accidente. Pero la Audiencia establece que la responsabilidad de la empresa instaladora es "incuestionable" porque la cama fue instalada con sujeciones insuficientes, se colocaron menos tornillos de los que eran necesarios, el mueble no estaba correctamente apoyado en posición vertical, y "faltaban elementos de seguridad fundamentales".

Además, el tribunal apunta que no se ha probado un posible conducta negligente por parte de la mujer que falleció y que incluso ella misma avisó a la propietaria de la vivienda de que no descansaba bien en la cama porque "el colchón o el somier están mal". En su sentencia, la Audiencia no solo confirma la condena, sino que estima el recurso presentado por los familiares de la fallecida, en el sentido de que revoca la imposición de las costas que se les había trasladado en primera instancia.