Europa abre la puerta a que cientos de navarros reclamen el IRPH de su hipoteca

Abogados expertos, como Jorge Iribarren e Iñaki Iribarren, afirman que este fallo tendrá un impacto significativo, ya que ofrecerá a muchos hipotecados la oportunidad de recuperar el dinero que pagaron de más debido a la opacidad del IRPH

Javier Pérez-Nievas

Tudela - Publicado el

3 min lectura

      
      
             
      

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) está generando una gran expectación en España, especialmente en Navarra, donde se estima que una de cada cinco hipotecas está referenciada a este índice. El fallo del TJUE podría permitir que miles de navarros recuperen entre 15.000 y 25.000 euros, en promedio, por hipoteca, debido a la falta de transparencia en la aplicación del IRPH por parte de las entidades financieras.

Según el fallo, para que la cláusula que aplica el IRPH sea válida, debe cumplir con varios requisitos de transparencia de manera estricta. Estos incluyen la remisión expresa al Boletín Oficial del Estado (BOE), la referencia a la Circular de 1994 que regula este índice, una explicación detallada sobre cómo se calcula el IRPH, y la advertencia sobre el diferencial negativo. También se requiere que se realice una comparativa con otros índices, como el Euribor, para que los clientes puedan conocer el verdadero coste de su préstamo.

A pesar de que el IRPH es un índice oficial, el TJUE subraya que esto no exime a las entidades financieras de cumplir con los requisitos de transparencia. Los bancos deben garantizar que los consumidores tengan claro cómo se calcula el IRPH y cuáles son las alternativas disponibles. Esto implica proporcionar información suficiente para que los clientes puedan tomar una decisión informada sobre el tipo de interés aplicable a su hipoteca.

Una de las novedades más significativas de esta sentencia es que, si se declara nula la cláusula del IRPH, no será el juez quien elija un nuevo índice para sustituirlo, sino que será el Estado español quien deberá crear una norma supletoria para hacerlo. Además, si se resuelve el contrato por la nulidad de la cláusula, el banco solo podrá reclamar el dinero prestado, con un interés legal básico, sin poder exigir intereses remuneratorios ni otros costes asociados.

Este fallo del TJUE también pone en entredicho la postura del Tribunal Supremo español, que había defendido la validez del IRPH al considerarlo un índice oficial. De este modo, se desautoriza la posición del Supremo y se abre la puerta a una posible oleada de litigios en los tribunales, ya que los clientes que se hayan visto afectados por la falta de transparencia podrían reclamar la devolución de los importes pagados de más.

Abogados expertos, como Jorge Iribarren y Iñaki Iribarren, afirman que este fallo tendrá un impacto significativo, ya que ofrecerá a muchos hipotecados la oportunidad de recuperar el dinero que pagaron de más debido a la opacidad del IRPH. Según los letrados, la clave para la nulidad de la cláusula es el incumplimiento de los requisitos de transparencia, ya que los bancos no han informado de manera adecuada a los clientes sobre el coste real de su hipoteca y las alternativas disponibles. Esta sentencia marcará un antes y un después en la litigiosidad relacionada con este tema.

      
             
      

En bufete Iribarren Abogados somos expertos en derecho bancario, siendo un referente en las reclamaciones de IRPH hipotecario en Navarra. Cita gratuita y sin compromiso. Llámenos y revisaremos su hipoteca para ver si puede reclamarlo.