¿Podemos desplazarnos para hacer la compra? La Ertzaintza resuelve las dudas sobre las nuevas medidas

La Policía Vasca da respuesta en un documento a las preguntas que ha generado el nuevo decreto del Gobierno Vasco para frenar la expansión del coronavirus en Euskadi

Ertzaintza Euskadi

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El decreto del Gobierno Vasco para frenar la expansión del coronavirus ha dejado ciertas dudas que la jefatura de la Ertzaintza se ha encargado de resolver en un documento. El escrito está dirigido a agentes de la Ertzaintza y la Policía Local de Euskadi para que éstos puedan seguir los correctos criterios de aplicación de la normativa en determinados casos. Este texto será actualizado a medida que se den cambios en la toma de decisiones por parte del Ejecutivo pero, de momento, recoge las siguentes preguntas:

Sí, se pueden hacer desplazamientos a la localidad colindante a su municipio que cuente con el servicio referido si es que la suya propia no lo ofrece.

Es el conjunto de localidades al que se puede acceder por vía directa, sin pasar por otros municipios.

Sí, si son visitas autorizadas y siempre que los centros estén ubicados en Euskadi.

Sí, si se dispone de la autorización emitida por la Autoridad Penitenciaria. Además, se podrá viajar a otras comunidades siempre y cuando éstas lo permitan.

Sí, si se trata de una gestión obligatoria, presencial e inaplazable.

Sí, en el lugar de residencia o próximo a él si no hubiera opción.

Sí, se trata de comprar alimentos u otros productos autorizados deben ser a los establecimientos comerciales ubicados en la localiad de residencia o en los colindantes. Para otros servicios que no puedan conseguirse en el municipio, de manera excepcional se permitirá acudir a una gran superficie.

Sí, si es familiar y solamente para volver al lugar de residencia.

No, salvo para la asistencia y cuidado de la persona.

Sí, siempre que estén ubicadas en el lugar donde se vive.

No, excepto si están en algún municipio colindante.

Sí porque son consideradas actividades institucionales.

Sí, si pertenece al municipio de residencia o colindantes.

Sí, en el propio municipio o en los cercanos.

Sí, están permitidos los trabajos de mantenimiento del local en tiempo posterior a las 23.00h. Sin embargo, no se puede realizar repartos a domicilio, ni acudir al establecimiento a recogerlos.

No, si no se dispone de una acreditación de deportista profesional, semi profesional, Basque Team o Alto Nivel.

Participan en competiciones nacionales o internacionales dentro del calendario oficial, también autóctonas de máximo nivel.

Sí, en la propia localidad de residencia o en colindantes.

No, en ningún caso. Solamente en el lugar de residencia o colindantes.

No, solo sentado/a.