ZONA BAJAS EMISIONES

Así queda la Zona de Bajas Emisiones de Bilbao

La norma aprobada en el último pleno del año pasa a exposición pública hasta mediados de febrero y entrará en vigor previsiblemente en abril

José Luis Martín

Bilbao - Publicado el

3 min lectura

El Ayuntamiento de Bilbao ha aprobado la ordenanza definitiva de la zona de bajas emisiones (ZBE) que será implementada de forma progresiva hasta finales de 2029 en el distrito de Abando, por donde no podrán circular ni estacionar los vehículos contaminantes y grandes contaminantes de lunes a viernes, de 07.00 a 20.00 horas, salvo exenciones y moratorias.

Tras la aprobación inicial, se abre ahora un periodo de exposición pública del texto para que la ciudadanía presente sus alegaciones. La ordenanza, que será aprobada definitivamente en el primer trimestre del año y será implementada de forma progresiva hasta finales de 2029 para que la población pueda adaptarse a la misma, establece como ámbito geográfico donde implementar la ZBE el distrito de Abando, al tratarse del punto que más tráfico rodado atrae diariamente a Bilbao.

Según el proyecto de ordenanza aprobado, podrán acceder libremente y circular por la ZBE y estacionar en la misma, los vehículos que sean considerados poco contaminantes, así como las bicicletas, bicicletas de pedaleo asistido, otros ciclos y los vehículos de movilidad personal.

Por el contrario, tendrán restringido el acceso, la circulación y el estacionamiento en la ZBE los vehículos contaminantes (etiqueta B) y grandes contaminantes (sin etiqueta o etiqueta A) los días laborables, de lunes a viernes, de 07.00 a 20.00 horas, salvo exenciones y moratorias.

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Quienes incumplan la normativa se enfrentarán a sanciones que pueden llegar hasta los 200 euros, según lo dispuesto por la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Para acceder a la ZBE de Bilbao, los vehículos no deberán llevar distintivo físico ni pegatina alguna, ya que el control se realizará a través de lectores de matrículas situados a la entrada del área delimitada.

Ante estas restricciones se han previsto exenciones, como la que afectará a los vehículos (independientemente de su distintivo ambiental) de personas residentes que estén empadronadas en el ámbito territorial de la ZBE y que estén dados de alta en el padrón de Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Bilbao con anterioridad a la entrada en vigor de esta ordenanza.

Disposiciones transitorias y moratorias

En el proyecto de ordenanza se han tenido en cuenta la necesidad de implementar un periodo transitorio para permitir a las personas residentes, no empadronados con tarjeta OTA, vehículos destinados a comercios, hoteles y el resto del tejido asociativo que lleva a cabo su actividad en el centro de la ciudad, adaptarse a las nuevas regulaciones de la ZBE.

De esta forma, las restricciones de acceso y circulación irán activándose paulatinamente desde la entrada en vigor de la ordenanza hasta finales de 2029 en función del potencial contaminante de los vehículos. A partir del 1 de enero de 2030 solo podrán acceder, circular y estacionar en la ZBE de Bilbao los vehículos considerados poco contaminantes.

La restricción general entrará en vigor tras la aprobación de la ordenanza para los vehículos A o sin etiqueta y un año más tarde para los B, siendo esta la moratoria de adaptación más importante. Aunque si esos vehículos B acceden a los parkings de rotación la moratoria se extiende hasta el 1 de enero de 2030.

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