VIVIENDA TENSIONADA

Estas son las zonas con alquiler "excesivo" en Euskadi

41 municipios vascos pueden pedir la condición de Zona Tensionada de alquiler para bajar el precio de los pisos

Redacción COPE Bilbao

Bilbao - Publicado el

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El Gobierno Vasco ha elaborado el mapa de los municipios vascos que podrían acogerse de manera parcial o total a la medida de contención de precios que contempla la ley de vivienda, una mapa que se puede consultar en el Observatorio Vasco de la Vivienda, en donde se recoge toda la información usada para elaborar ese mapa

En Euskadi son un total de 41 las localidades que total o parcialmente pueden acogerse, 20 en Gipuzkoa, 19 en Bizkaia y 2 en Araba, con las 3 capitales incluidas en su mayor parte.

La declaración de zona tensionada se realizará por parte del Gobierno Vasco a petición municipal en caso de que los consistorios así lo decidan y para ello será necesario entregar una memoria justificativa, un plan de acción a tres años para revertir las insuficiencias detectadas en el abastecimiento de vivienda en ese ámbito, y tras un proceso de información pública

Informe sobre posibles zonas tensionadas en Euskadi

El Observatorio vasco de la Vivienda ha elaborado ese mapa de zonas que podrían ser declaradas como tensionadas, un total de 41 municipios, de un total de 251, donde habita el 55% de la población de la comunidad autónoma.

LEE AQUÍ EL INFORME COMPLETO DE LAS ZONAS TENSIONADAS EN EUSKADI EN 2023

Efectos de la declaración de zonas tensionadas

Una vez declaradas tensionadas, esas zonas concretas se mantendrán en esa circunstancia durante tres años, prorrogables anualmente cuando subsistan las circunstancias que motivaron la declaración y siempre que se justifiquen las actuaciones impulsadas para revertir o mejorar la situación.

Efectos de declarar una zona tensionada:

Para personas arrendatarias a quienes se les finaliza el contrato: Posibilidad de prórroga extraordinaria anual para el arrendatario tras finalizar el contrato en los mismos términos y condiciones que el contrato en vigor. Prórrogas anuales, con un máximo de tres.

Para nuevas personas arrendatarias: se limita el precio del alquiler a la renta del contrato anterior, aplicada una cláusula de actualización anual, permitiendo ciertos incrementos adicionales máximos en los supuestos establecidos por ley.

Para personas arrendatarias de una vivienda que no hubiese estado alquilada en los últimos cinco años: el precio no podrá exceder el límite máximo aplicable del sistema de índices de precios de referencia.

Para grandes tenedores: si la memoria lo justifica, pueden pasar de ser quienes poseen diez viviendas a cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial en la misma zona declarada como tensionada. Si la vivienda es de un gran tenedor, el precio no podrá exceder el límite máximo aplicable del sistema de índices de precios de referencia.