Bilbao pone coto a las Viviendas de Uso Turístico y las fuerza a tener portal propio
El ayuntamiento impulsa una modificación legal para controlar y limitar la proliferación de los alojamientos turísticos en la ciudad
Bilbao - Publicado el - Actualizado
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El Ayuntamiento de Bilbao da un paso adelante en la tramitación de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana que tiene como objetivo ajustar la normativa de implantación de alojamientos turísticos y viviendas colectivas, en aras a garantizar un desarrollo equilibrado de la ciudad.
aprobación en el pleno de enero
La modificación será aprobada en el pleno ordinario de enero y después será presentado y explicado a las y los vecinos de los Consejos de Distrito de los barrios más afectados, a través de las Comisiones Técnicas de los distritos 2 (Uribarri), 5 (Ibaiondo), 6 (Abando) y 8 (Basurto Zorrotza).
La principal novedad del cambio que ahora se plantea es la equiparación de las Habitaciones de Uso Turístico (HUT) a las Viviendas de Uso Turístico (VUT), de cara a evitar que se recurra a las primeras para sortear las limitaciones de implantación que ya tienen las segundas.
Así, por tanto, en los ámbitos de mayor concentración de alojamientos turísticos, tanto HUT como VUT se consideran actividades económicas y se les aplican las mismas restricciones
principales restricciones: acceso independiente
Así las cosas, estos alojamientos se autorizarán únicamente en la planta más baja, destinada a viviendas en edificios de viviendas libres existentes que tengan reconocido el uso (en Casco Viejo, exclusivamente en planta primera o alternativamente en planta baja).
Además, será necesario un acceso independiente y con recorrido accesible (que, además, no condicionará posibles necesidades de la comunidad), y se limitará a un alojamiento turístico por edificio.
Se permitirá compatibilizar de forma alternativa el estar empadronado en esa vivienda y su uso turístico.
Para el resto de las actividades turísticas en estos ámbitos de mayor concentración de alojamientos turísticos se limitarán los usos permitidos y los usos complementarios-auxiliares, y por ejemplo en edificios residenciales no se permitirán los establecimientos de uso turístico, pero en edificios terciarios se permitirán establecimientos de uso turístico pero no apartamentos turísticos.
el objetivo es promover el uso residencial de las viviendas
La modificación legal la ha dado a conocer el concejal de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público de Bilbao, Asier Abaunza, que asegura que “abordamos esta cuestión con un planteamiento claro, el de promover el uso residencial en viviendas para domicilio habitual. Compatibilizando el disfrute de nuestros recursos turísticos, sin perder en ningún caso de vista la protección del entorno urbano y la mezcla equilibrada de usos residenciales y de actividad económica en las edificaciones”.
Un planteamiento, más restrictivo, que llega tras un “análisis exhaustivo” de la situación de las plazas turísticas en Bilbao, en el que se revela que Bilbao se mantiene en ratios inferiores en cuanto a plazas turísticas per cápita que otras ciudades y municipios de la Comunidad Autónoma Vasca.
Abordamos esta cuestión con un planteamiento claro, el de promover el uso residencial en viviendas para domicilio habitual
Concejal de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público de Bilbao
Abaunza sí que admite que se evidencia un importante crecimiento en los últimos años de las Habitaciones de Uso Turístico (HUT) y, sobre todo, Viviendas de Uso Turístico (VUT); que ya suponen el 24 % del total de plazas turísticas existentes en la ciudad.
VIVIENDAS COLECTIVAS Y OTROS TIPOS DE ALOJAMIENTOS
La nueva normativa pretende clarificar criterios en torno a otro tipo de modalidades de alojamiento como viviendas colaborativas, residencias comunitarias y otros alojamientos asimilables a vivienda, además de desarrollar determinaciones técnicas de habitabilidad y diseño.