MURCIA
La juez deniega la personación del Ayuntamiento en las diligencias por el incendio de Atalayas
Autoriza a los propietarios de locales donde estaban ubicadas las discotecas Teatre y Fonda Milagros para que procedan a su demolición
Murcia - Publicado el - Actualizado
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La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Murcia, en autos notificados este jueves, ha denegado la personación del Ayuntamiento de Murcia, Unión General de Trabajadores (UGT) de Murcia, el Sindicato Manos Limpias, la Unión de Consumidores y Usuarios de España (UCE) de la Región de Murcia en las diligencias abiertas por la muerte de trece personas en el incendio que tuvo lugar la madrugada del pasado 1 de octubre, en la zona de ocio nocturno Atalayas.
En el caso de la corporación municipal, la magistrada entiende que la personación no puede serle reconocida, ni en relación con el bien jurídico protegido por los delitos objeto de investigación (trece delitos de homicidio por imprudencia), ni en su condición de persona jurídica pública, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Y es que, tras analizar la doctrina mantenida por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo (aparte de por distintas Audiencias Provinciales), "solo se admite la personación como acusación popular de las administraciones públicas siempre que exista una habilitación expresa de tal legitimación por disposición legal, sin que se acepte una mera conexión entre el delito y el ejercicio de competencias atribuidas al ente público".
Y, añade, que "en modo alguno puede reconocerse al Ayuntamiento de Murcia su condición de víctima" y "ni tan siquiera el más daño reputacional corporativo, pues nos encontramos ante delitos en los que los perjudicados están identificados (delitos en los que el bien jurídico protegido es la integridad corporal), contándose ya con la presencia del Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés tutelado por la ley, y las acusaciones particulares (familiares de las víctimas) que defiende los intereses particulares de los perjudicados".
Respecto a la solicitud de personación de UGT, el Sindicato Manos Limpias y UCE, la juez advierte, en este momento procesal, una falta de la oportuna legitimación, "no desprendiéndose por ahora vinculación alguna entre la entidad solicitante y los hechos objeto de investigación, en cuanto cuáles sean sus concretos fines para con el objeto del proceso". Personaciones a las que, en todos los casos, se ha opuesto el Ministerio Fiscal.
Los autos no son firmes, son susceptibles de recurso de reforma y apelación, según las mismas fuentes.
En la causa sí están personados ya familiares de cinco de los fallecidos en el incendio, una vez han presentado la documentación que se les requirió para subsanar las solicitudes realizadas. Trámite en el que se encuentran aún otras familias.
Ruina de los locales
Por otro lado, la juez ha autorizado a los propietarios de locales donde estaban ubicadas las discotecas Teatre y Fonda Milagros para que procedan a su demolición, no obstante, establece que esta ha de hacerse en presencia de Policía Judicial "en aras a aclarar extremos referidos a la instalación eléctrica".
Contesta así a la solicitud hecha al juzgado, tras la declaración de ruina inminente de los mismos y la orden de demolición municipal.