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La Guardia Civil detiene in fraganti a dos pescadores furtivos en el espacio natural de Cabo Tiñoso

Habían capturado con arpón más de 55 Kg. de ejemplares de especies prohibidas

La Guardia Civil detiene in fraganti a dos pescadores furtivos en el espacio natural de Cabo Tiñoso

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Guardia Civil de la Región de Murcia, en colaboración con la Dirección General de Pesca Marítima de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ha desarrollado la operación ‘Steal Fish’, que se ha saldado con la detención in fraganti de dos pescadores furtivos en el espacio natural de Cabo Tiñoso-Cartagena, a los que se les atribuye la presunta autoría de delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.

Tras la operación, que se encuentra enmarcada en el ‘Plan Anual de Control Integral de Actividades Pesqueras (P.A.C.I.A.P.)’, los guardias civiles e inspectores de pesca se han incautado de más de 55 kilos de especies no pescables y de talla mínima de denton (dentex dentex), pulpo (octopus vulgaris) y meros (epinephelus marginatus).

Las actuaciones se iniciaron el pasado mes de febrero, cuando la Guardia Civil detectó que unos pescadores furtivos se estaban dedicando a la pesca ilegal en la resera de Cabo Tiñoso y abrió la operación para investigar los supuestos hechos delictivos en colaboración con la Dirección General de Pesca.

El Servicio de Vigilancia de la CARM localizó, desde su embarcación, a dos furtivos entre las rocas del litoral dentro de la reserva de pesca. Los sospechosos se dieron a la fuga abandonando las capturas y los arpones fondeados en la zona.

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La Guardia Civil detiene in fraganti a dos pescadores furtivos en el espacio natural de Cabo Tiñoso

Habían capturado con arpón más de 55 Kg. de ejemplares de especies prohibidas. Los detenidos cuentan con infinidad de antecedentes por pesca furtiva en zonas protegidas del litoral murciano

Efectivos del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) y de Prevención de Seguridad Ciudadana de la Benemérita establecieron un dispositivo de cerco y búsqueda que se saldó, poco después, con la localización en tierra de los sospechosos. Los dos pescadores fueron detenidos como presuntos autores de delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.

La Guardia Civil recuperó e intervino tanto las capturas como los arpones fondeados, además de la embarcación neumática utilizada por los detenidos. Los 55 Kg. de pescado, una vez declarada su aptitud para el consumo, fueron donados al centro benéfico Jesús Abandonado de Cartagena, mientras que los arpones y la embarcación fueron puestos a disposición judicial.

El delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, recogido en el vigente Código Penal, establece que será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años a quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general, cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas de fauna silvestre.

Según el artículo 335 del Código Penal, el que cace o pesque especies distintas de las indicadas en el artículo anterior, cuando esté expresamente prohibido por las normas específicas sobre su caza o pesca, será castigado con la pena de multa de ocho a doce meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cinco años.

Si las conductas anteriores produjeran graves daños al patrimonio cinegético de un terreno sometido a régimen cinegético especial o a la sostenibilidad de los recursos en zonas de concesión o autorización marisquera o acuícola se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años e inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de caza, pescar, y realizar actividades de marisqueo por tiempo de dos a cinco años.

Las reservas marinas de interés pesqueros vienen reconocidas en la Ley 3/2001, de Pesca Marítima del Estado, y en la Ley 2/2007, de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia, como zonas de protección pesquera que tienen como finalidad la preservación y protección de áreas de interés para el alevinaje, lo que permite asegurar los recursos marinos vivos.

La pesca furtiva destruye los esfuerzos administrativos, económicos y ambientales que se persiguen en estas áreas, al actuar sobre un recurso protegido que tiene como objetivo facilitar la recolonización de las áreas adyacentes.

Este tipo de expolios destruyen la fauna, sesgan el futuro de los meros y, aunque prohibida, reporta a los pescadores furtivos enormes beneficios por la alta presencia de meros en estas áreas protegidas en comparación con otras zonas del litoral donde su presencia es testimonial.

Con la detención de estos furtivos se ha conseguido esclarecer numerosos episodios de pesca furtiva en las zonas de reserva de las costas murcianas, que estaban poniendo en peligro el equilibrio en la diversidad de la reserva de pesca y el desarrollo de especies que da continuidad a la pesca, tanto profesional, como recreativa de la región.

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