LOTERÍA NAVIDAD
Los ganadores del gordo de la lotería se llevarán 328.000 euros tras pagar los impuestos
Los décimos premiados con el gordo de la lotería de Navidad -dotados con 400.000 euros- se llevarán 328.000 euros netos una vez paguen los impuestos correspondientes, que consisten en un 20 % del premio, si bien los primeros 40.000 euros están exentos de tributar.
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Los décimos premiados con el gordo de la lotería de Navidad -dotados con 400.000 euros- se llevarán 328.000 euros netos una vez paguen los impuestos correspondientes, que consisten en un 20 % del premio, si bien los primeros 40.000 euros están exentos de tributar.
Todos los premios organizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) que superen los 40.000 euros están sujetos al pago de un gravamen especial, incluido el sorteo especial de Navidad que se celebra este viernes.
En el caso de un segundo premio, (125.000 euros por décimo), se tributaría por los 85.000 euros no exentos, de manera que el ganador recibirá 108.000 euros, y los ganadores de un tercer premio (50.000 euros por décimo) se quedarán con 48.000 euros.
El resto de premios está exento por no alcanzar los 40.000 euros.
Este impuesto se aplica en forma de retención, es decir, que la propia Selae detraerá del premio -ya sea décimo, fracción o cupón de lotería- el gravamen correspondiente en el momento del pago, de manera que los ganadores no tendrán que realizar ningún trámite adicional.
Evitar el pago de impuestos con un seguro
La forma de evitar el pago de este impuesto es haber contratado antes con un seguro que cubra los impuestos de los números premiados, aunque no se llevaría el 100 % del premio, ya que la aseguradora lo que hace es reembolsar la cantidad retenida por la Selae, y ese reembolso hay que tributarlo como ganancia en el IRPF.
Es decir, Hacienda se lleva igualmente el 20 % del premio, si bien el agraciado sí que recibe un mayor premio -siempre y cuando haya contratado el seguro antes de que toque el premio-, aunque esto varía según el seguro, ya que la indemnización puede tributar o como capital mobiliario o como ganancia patrimonial.
En el primer caso, los tipos se encuentran entre el 19 % y el 28 % de la retención en el IRPF, mientras que en el seguro el pago depende del conjunto de los ingresos de la persona.
Algunas empresas que ofrecen ese tipo de servicios y aseguran el décimo para, en caso de resultar premiado, los agraciados vean menos reducido el importe final son Laguinda o Seguropordias.