Herrera a las 8, lunes 14 de octubre

El Tribunal Supremo listo para comunicar este lunes el fallo del proceso independentista catalán

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

7 min lectura

Señores, señoras, me alegro, ¡buenos días!

Es lunes, es 14 de octubre del 2019 y viene un día intenso, no hace falta que le explique por qué, pero si usted se pregunta por qué se lo explico con mucho gusto, que ese es mi trabajo. Contarle por qué este lunes 14 de octubre del 2019 tiene una densidad informativa que no han tenido otros 14 de octubre. Fíjese que ha habido octubres en la Historia importantes.

Es importante porque hoy está prevista la publicación de la sentencia del proceso catalán . Lo conoceremos así a partir de ahora para no enredarnos en otras consideraciones. La publicación de la sentencia, que se corresponde al acto que continúa a la firma de la sentencia por parte de los magistrados, que cuidado, eh, antes de la firma siempre pueden pedir más debates o modificaciones o cualquier otra cosa. Pero imaginemos que los firman a las 9 y a las 10 se le comunica a las partes o antes, no lo sé, y a todos los demás. Bueno, entonces es cuando conoceremos de verdad con qué se corresponde o cómo se fundamenta lo que el filtrador, ese filtrador que vaya usted a saber quién ha sido, le ha contado al periodismo que fundamentalmente, reduzco a un titular, los procesados por este asunto serían condenados por sedición y no por rebelión, es decir, por alterar el orden público antes que alterar el orden constitucional sin el uso de violencia, que es lo que, al parecer, los magistrados no han podido demostrar. No alterar tanto el orden público en algunas quejas o manifestaciones: la utilización de la violencia para alterar el orden constitucional.

En principio, miren, cuando conozcamos los fundamentos veremos por qué fue sedición, que es, por hacer historia, la posibilidad que le brindó la Abogacía del Estado, lo cual, la Abogacía del Estado por presiones políticas del Gobierno, Sánchez y la ministra de Justicia.

Algunos quieren ver política en esta sentencia. Desde luego, la decisión de la Abogacía del Estado fue una magnífica pista de aterrizaje. Pero la sedición más la malversación, y ya veremos si las consecuencias penales de ello está subsumida en la sedición o no, conlleva penas serias. Pero también sabremos cuando se publica la sentencia si el Tribunal Supremo contempla o no la petición de la Fiscalía de que no se les de la libertad, es decir, tercer grado a estos individuos hasta que, al menos, hayan cumplido la mitad de la de la sentencia. Si los condenan a 14 años, 7. Eso no lo sabemos todavía. Si no es así, si no lo contempla, estos individuos estarán inhabilitados para presentarse a cargo público, pero estarán en la calle, no tenemos ninguna duda, por ingeniería penitenciaria, lo más tardar para comerse los turrones en Navidad siendo héroes infinitamente festejados y mártires por la independencia.

Ya les digo, habrá que ver qué dice, ¿atentaron o no contra el orden constitucional? Hombre, la verdad es que sin ser jurista, declarar la independencia de una parte del territorio es alterar el orden constitucional, es decir, abolir un Estado y crear otro estado, pues parece un golpe de Estado, pero claro, tiene que mediar la violencia, si no se queda sedición, que supone alterar el orden público.

¿Y esto de la violencia a qué viene? Se lo explicaba a las 7. Miren, cuando se retoca el Código Penal en 1995 y se escribe el delito de rebelión y se dice que es derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución etcétera, etcétera, el PNV presentó una enmienda que aceptó, bueno, que promovió Izquierda Unida, Diego López Garrido, que venía a decir: "Oiga, que la Declaración de Independencia es una causa política por la que se puede luchar legítimamente. Nosotros, el PNV no utilizamos la violencia y tal y tal". Y entonces, en la redacción se contempló "a los que se alcen violenta y públicamente para una serie de fines, entre ellos, declarar la independencia, bla bla bla".

¿Por qué? Porque es que entonces no se consideraba o no se concebía, oiga, que fuera el propio poder constitucional el que atentara contra la Constitución porque, al fin y al cabo, la Generalidad de Cataluña es la Administración del Estado en Cataluña, es decir, el poder legítimamente constituido. Si el poder legítimamente constituido es el que ataca la Constitución, ¿qué violencia necesita? Ya tienen Policía, gente armada, tienen equipos de inteligencia, etcétera, etcétera.

Esta redacción de entonces estaba pensada para los espadones, para los Armadas, los Milans del Bosch y todos estos, pero no para que la propia institución fuera quien cometiera el delito. De ahí que ahora es posible que los magistrados se hayan encontrado con las manos atadas. Oiga, podemos ahora hacer todas las consideraciones que quiera y decir: "¿Cómo usted me va a decir que no fue una rebelión si yo lo vi? ¿Si yo escuché como decían que iban a poner en marcha el proceso de independencia de Cataluña y acabar con la Constitución?" Ya, pero es que el juez no tiene las pruebas evidentes porque no estaban pinchados los teléfonos, ni estaban intervenidos los correos, ni había escuchas, ni había prácticamente nada. Si ellos dieron órdenes directas de que eso se realizará, además, con toda la contundencia violenta posible. Y al no permitirle el Código Penal otra cosa, son consideraciones que les hago jugando un poco a equilibrista y viendo si hay agua o no hay agua en la piscina, la cosa se queda en sedición.

Oiga, ¿pero han pensado en los métodos utilizados o en los hechos concretos? ¿Lo que hay que cambiar que es: la ley, el Código Penal? Pues a lo mejor lo que hay que hacer es eso, es decir, a partir de ahora pensar que los jueces no pueden suplir al legislador y lo que hay que hacer es ajustar el Código de los delios. También hay que preguntarse si la sentencia está acotada por argumentos precautivos o no, o es que el Código Penal está mal redactado como les estoy intentando más o menos explicar.

Y después todas las consideraciones que queramos acerca de las reacciones que se van a provocar y las reacciones a las reacciones. Las reacciones las teníamos ayer: primero la estación de Sants, pero luego también en cortes de tráfico en las calles de Barcelona.

Esto es lo que les va a esperar a los ciudadanos de Barcelona, de Cataluña, en general durante estos próximos días. Veremos exactamente en qué dimensión y veremos cómo se reacciona por parte del Gobierno, que ahora mismo, mira, el Gobierno está encantado porque esta sentencia le ha dado la razón a su componenda con la Abogacía del Estado. Y él va a decir, el Gobierno lo está diciendo ya, hay vídeos ya por ahí andando en el que quieren explicarle a la comunidad internacional en qué consiste todo esto.

Miren ustedes, el único que puede gestionar la situación en Cataluña sin echar más leña al fuego soy yo, dirá Sánchez, pero ojo, que también puedo ser muy firme si se cometen ilegalidades, etcétera, etcétera, etcétera, para ver si, además, le dan vuelta a unas encuestas que si quieren luego hablamos de ello, que les dan en retroceso.

Y a partir de ahora hablaremos de indultos o no, pero sobre todo costará explicar, y de ahí que es tan importante leer esta sentencia con tranquilidad, que lo que políticamente se consideró rebelión desde el primer momento, jurídicamente, en cambio, se quede en sedición. Y que, además, teniendo la Generalidad de Cataluña la potestad penitenciaria, haga que el turrón y todo esto se lo coman en casa en Navidad, vamos, si no mañana. Pero esperemos porque las próximas son definitivas y, oiga, ahora no juguemos a expertos jurídicos sobre todo si no lo somos o los que no lo somos. Paciencia que hay más días que ollas.

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