¿Es delito ocultar un cadáver tras un crimen?

Juzgar y condenar a un asesino sin localizar previamente el cadáver de la víctima, deja una profunda herida en sus familiares que nunca sabrán con certeza 

Carmen Ibañez Urzáiz

Publicado el

2 min lectura

El caso de Marta Calvo empieza a recordarnos al de Marta del Castillo, el principal acusado de su muerte ha dado indicaciones a la Policía sobre el lugar en el que podría encontrarse su cadáver, sin embargo, los días pasan y la realidad es una: sus familiares, a día de hoy, no han podido enterrar a la joven ni saben lo que realmente ocurrió aquella fatídica noche del 7 de noviembre.

Es la consecuencia directa de la falta de cadáver en un proceso de estas características que, sin duda, otorga una valiosa ventaja al sospechoso. Sin la existencia de testigos ni pruebas, es imposible comprobar si la versión que ofrece de los hechos es real o tan solo una artimaña de cara al posterior juicio.

Por ese motivo, son varias las voces que han comenzado a pedir que se tipifique el delito de ocultación del cadáver en el Código Penal y se convierta en uno de los supuestos en los que sea posible pedir la prisión permanente revisable. Así lo ha exigido el Partido Popular a lo largo del último año y, hace tan solo unos días, en los micrófonos de Herrera en COPEJuan Carlos Quer, padre de la joven Diana asesinada en A Pobra do Caramiñal, Galicia, el 22 de agosto de 2016. Él mejor que nadie, entiende el dolor de no saber qué ha ocurrido con un ser querido, ya que José Enrique Abuín, ‘el Chicle’, condenado por matar a su hija, escondió su cuerpo durante 490 días.

Una petición de endurecer la legislación penal que choca con el artículo 24 de la Constitución, es decir, con el derecho de los sospechosos a “no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia”. Cuestión que, por cierto, también está reabriendo el debate social sobre si nuestro Ordenamiento Jurídico es excesivamente garantista con los acusados de la comisión de un crimen.

En la Mañana de Fin de Semana de COPE hemos hablado con Javier Gómez Lanz, Profesor de Derecho Penal de la Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE que nos ha explicado que, en su opinión, “existirían problemas serios de constitucionalidad de una norma que, de alguna manera, forzara u obligara o estableciera una sanción, para aquellas personas que todavía no han sido condenadas, por negarse a revelar el lugar en el que se encuentra  un cadáver o las pruebas de un delito”.

Cuestión diferente, es el escenario que se plantea una vez existe una condena en firme. En ese caso, dado que los tribunales han sentenciado que cometió el crimen, sí sería posible exigirle que colaborase con la Justicia si quisiera acceder, por ejemplo, a beneficios penitenciarios, sin que supusiera ningún problema de constitucionalidad porque su culpabilidad habría quedado probada.