Aterriza una nueva normativa en las compañías móviles: penalizaciones de hasta 200 euros

Miguel Crespo es abogado de la Federación de Consumidores y Usuarios y ha dado en 'La Tarde' todas las claves sobre esta ley que entrará en vigor el próximo 31 de octubre

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Miguel Crespo, abogado de la CECU, habla en 'La Tarde' sobre la nueva ley general de telecomunicaciones

Redacción La Tarde

Publicado el - Actualizado

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Es muy posible que te haya pasado esto. Hace unos días, semanas o meses... es probable que recibieras un mensaje de texto o un correo electrónico de tu compañía de telefonía avisándote de un cambio en las condiciones de tu contrato. Quizá lo incluía incluso tu última factura de teléfono. El caso es que ha comenzado la cuenta atrás para que las diferentes compañías se adapten a la nueva ley general de telecomunicaciones que se aprobó hace tres meses.

Y no queremos que te pille por sorpresa porque si tienes un contrato de permanencia a partir de noviembre estos contratos pasarán a tener una duración máxima de 24 meses. Ojo porque también se recoge la posibilidad de rescindir el contrato sin penalización cuando finalicen esos dos años y que los clientes puedan pedir un preaviso con un mes de antelación. Algo que, por ahora, ninguna operadora parece haber incluido entre sus cláusulas.

El caso es que si hablamos de penalizaciones, la de darse de baja antes de que acabe el periodo sí que se mantiene. Y según la compañía, lo que te puede costar puede superar los 200 euros.

Llamada

En 'La Tarde' vamos a averiguar en qué consiste, en qué nos beneficia y también si existe algo en que nos perjudica como usuarios. Miguel Crespo es abogado de la CECU que es la Federación de Consumidores y Usuarios. Esta normativa entra en vigor el próximo 31 de octubre.

¿Podría haber ocurrido que alguna compañía no haya avisado? "Hemos tenido conocimiento de que los operadores han actuado de diferentes formas. Y si bien algunas llevan avisando desde hace dos meses, hay otras que lo están haciendo esta misma semana o todavía no lo han hecho. En un principio, esta ley no imponen un plazo de comunicación por parte de los operadores", explica el experto.

Respecto a qué supone y el cambio principal en esta ley, ha explicado Crespo que "se produce una modificación de todos los contratos. Es una trasposición del código europeo de comunicaciones electrónicas y va a mejorar la situación o mantenerla igual".

Con esta nueva normativa, "se fija una duración máxima de los contratos de 24 meses. Hasta la fecha, no había ninguna legislación que obligara a un plazo concreto. Esto da una seguridad para los usuarios al igual que sucede con los seguros que sabe cuánto va a durar su contrato y si se va a prorrogar o no".

Llamada

Si nos acercamos a ese cumplimiento de contrato y el cliente quiere notificar la baja, ha indicado este abogado que se debe avisar un mes antes. "La ley da la posibilidad de que el operador obligue al consumidor que informe con un mes de antelación pero no lo impone obligatoriamente", indica.

Otra ventaja de esta norma es que "las compañías deberán avisar una vez al año de cuáles son las mejores tarifas que se podrían aplicar".

¿Qué pasa con las subidas de las tarifas? Es uno de los puntos más polémicos

El letrado ha explicado en 'La Tarde' que "a la hora de imponer un periodo de duración pasa igual que con los arrendamientos urbanos. Al tener una duración determinada se puede producir una actualización de precios conforme al IPC".

Sobre los gastos de gestión por la instalación de fibra, por ejemplo, ha explicado Crespo que "no puede proceder de esa forma. Para los usuarios existe el derecho de desestimiento".

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