La única fórmula por la que puedes evitar que en tu comunidad de vecinos se hagan pisos turísticos: ojo a la letra pequeña
Hay una salvedad en la ley a partir del 3 de abril que deben conocer todos los vecinos, especialmente los de ciudades grandes donde proliferan este tipo de viviendas

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Estamos a punto de llegar a 400.000 y subiendo. Hablamos del número de viviendas de uso turístico que tenemos actualmente en España.
Los pisos turísticos han aumentado un 17% en el último año a pesar de los intentos de limitar su presencia descontrolada. Seguro que los conoces porque su apariencia es bastante reconocible: cajas en los portales donde se meten las llaves y un trasiego de nuevos “vecinos” cada cierto tiempo.
Opiniones acerca de este tipo de propiedades las hay de todos los gustos, pero hay algo en común: los que viven en edificios con pisos turísticos han llegado al hartazgo.
Te hacemos dos preguntas: ¿Qué te parecería que desapareciesen de tu ciudad? ¿Cómo te afectaría si te quitaran esa opción para alojarte cuando te marchas de vacaciones?
Son muchos los que estarían de acuerdo en que este tipo de propiedades son necesarias para los alojamientos en otras ciudades, pero que pueden llegar a molestarte si vives en un edificio donde proliferan este tipo de viviendas. Es lo que piensas vecinos como Víctor Reyes.
Él es el representante vecinal del barrio de Las Letras, en el corazón de Madrid. Y es que Madrid es la ciudad de España con más pisos turísticos. Como muchos no tienen licencia, ni siquiera se sabe realmente el número exacto, pero se cree que hay entre 16.000 y 26.000.
La molestia de muchos vecinos ante estos pisos
“Simplemente, creo que hay que observar lo que era el barrio de Las Letras, lo que era hace tantos años y lo que es ahora” comenzaba contando Víctor en COPE.
Para él, esta proliferación de pisos turísticos ha supuesto una desaparición de los servicios básicos de su barrio. “Prácticamente, todo el comercio de proximidad ha desaparecido. No tenemos un comercio de proximidad. Es decir, no hay ninguna pescadería, ninguna carnicería, ninguna mercería, ninguna... Todo eso ha desaparecido”explicaba.
Víctor lleva toda la vida viviendo en el centro y la fotografía que nos hace y que nos dice que se repite ahora mismo por allí, por la zona en la que él vive, es la de los portales llenos de cajitas de seguridad en las que se guardan las llaves de los pisos turísticos. Esas cajitas que se desbloquean con un código y que permiten acceder al local.

Proliferación de pisos turísticos
“Porque ha habido un montón de vecinos y vecinas que han tenido que salir del barrio por la carencia del precio de la vivienda, por alquiler o porque la compra era inasumible. Entonces esa gente se ha marchado” contaba.
Y es que el dato está ahí: 400.000 pisos turísticos en España representan el uno y medio por ciento de las viviendas que tenemos en todo nuestro país.
Por eso, ayuntamientos como el de Barcelona se han propuesto ya directamente eliminar por completo de aquí a 2029 los pisos turísticos. ¿Cómo lo van a hacer? No renovando las licencias que ahora mismo están en vigor.
Pero la noticia llega también desde el mundo judicial. Y es que una sentencia del Tribunal Supremo deja claro que los pisos turísticos solo pueden prohibirse si los estatutos de una comunidad de vecinos o de una finca así lo recogen de forma expresa.
La salvedad con la que se pueden impedir este tipo de pisos
En una comunidad de vecinos de Madrid, uno de ellos decide convertir su vivienda en un piso de alquiler turístico. Y la comunidad le denuncia porque consideran que está prohibido en ese edificio. Sus estatutos recogían que no estaban permitidas las actividades molestas o incómodas.
Y ellos, por supuesto, consideraban que el alquiler turístico pues estaba dentro de este apartado. Y es que el Tribunal Supremo, ha dado la razón al vecino. La comunidad puede prohibir los pisos turísticos, sí, pero es necesario que aparezca de forma expresa en los estatutos. Prohibido pisos turísticos. Así tiene que aparecer. Por lo tanto, este ahora mismo sigue con su actividad.
En los últimos meses hemos visto varias sentencias del Supremo que marcaban un poco el camino en toda esta polémica. Te hemos contado la última, pero ha habido alguna más antes. Por ejemplo, que ya se pueden prohibir con mayoría de tres quintos en la junta de propietarios. Antes se necesitaba la unanimidad. Así que con que el propietario de ese piso turístico dijese que no a la prohibición, ya estaba. Era imposible prohibirlo.
Lo que va a suceder en solo unos días, a partir del próximo 3 de abril, es que todo esto ya va a estar recogido en la Ley de Propiedad Horizontal.

Acceso a viviendas turísticas
Esa mayoría de tres quintos en la Junta para prohibir o permitir estos pisos turísticos. O sea, que van a tener que votar. Pero, ¿qué sucede si hay una comunidad que no ha votado aún y que no lo tiene esto regulado? Pues que de entrada es un no. Es decir, de entrada el vecino no puede montar un nuevo piso turístico, porque para pedir la licencia al ayuntamiento necesitará el sí de la junta a partir de ese 3 de abril.
A partir del 3 de abril, si se quiere montar un nuevo piso turístico, necesitas el sí de la mayoría de tu comunidad. Y no tendrá carácter retroactivo. Será solo en los pisos turísticos que se quieran crear a partir de esa fecha del 3 de abril. Para los problemas con los pisos que ya estuviesen creados, hay que acudir a la justicia si es que hay algún problema.
Patricia Briones es abogada y secretaria técnica del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid y nos contaba que “el Supremo hace referencia a sentencias anteriores, la clave está en que para limitar los derechos de un propietario debe constar de forma expresa en el título de los estatutos”.
“Hasta el 3 de abril cualquier persona que quiera destinar su vivienda no necesita el acuerdo de la junta, necesitará otros requisitos pero no la autorización. Conlleva que en muchas comunidades han paralizado el proceso porque llevaba una serie de gastos” explicaba.
Eso sí, cree que “no va a servir de mucho si las administraciones no se ponen de acuerdo. Para que no haya inseguridad jurídica los acuerdos no tendrán efecto retroactivo” decía.