El Constitucional avalará la ley Aído del aborto a pesar de que hay "una cuestión previa de forma"

El doctor en Derecho Francisco La Moneda ha redactado un escrito de queja en nombre de la Asamblea de Asociaciones por la Vida, la Libertad y la Dignidad y de NEOS

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El Constitucional avalará la ley Aído del aborto a pesar de que hay "una cuestión previa de forma"

Redacción Religión

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Este martes el Tribunal Constitucional contempla la resolución del recurso de inconstitucionalidad que el Partido Popular presentó hace 14 años contra la ley Aído, la ley del aborto que aprobó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010.

Ahora, tras el cambio de mayoría entre los magistrados del Tribunal, el Constitucional decide resolver el recurso y, contra esa resolución, el Partido Popular pidió la recusación de cuatro de los doce magistrados que componen el Tribunal, alegando falta de objetividad. Por su parte, la Asamblea de Asociaciones por la Vida, la Libertad y la Dignidad, que reúne a 140 asociaciones de la sociedad civil, y NEOS también presentaron un escrito de queja que tampoco ha sido tenido en cuenta.

"Algo que ha sido un delito y un minuto antes ha sido un derecho sería absolutamente absurdo y contradictorio", ha dicho en 'Mediodía COPE' el abogado encargado de redactar ese escrito, el doctor en Derecho Francisco La Moneda, que ha querido dejar claro que hay "una cuestión previa de forma", ya que hay cuatro magistrados que no deben intervenir porque su imparcialidad está afectada porque han sido parte en procesos anteriores de esta misma ley: "Hay una cuestión previa de forma: hasta un alumno de primero de Derecho sabe que, si un magistrado incurre en una causa de recusación, no puede intervenir en la aprobación de esta sentencia".

La ley Aído

La ley Aído -recibe este nombre por Bibiana Aído, la primera ministra de Igualdad de nuestro país- permite el aborto libre hasta las 14 semanas de gestación, un plazo que aumenta hasta la 22 en caso que haya un "riesgo grave" para la salud o la vida de la madre o del feto. Además, en caso de que se detecten anomalías en el feto incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable también se permitía abortar más allá de la semana 22. Por este motivo, la norma también se conoce como la ley de plazos, en contraposición a la ley de supuestos que estaba en vigor hasta entonces. De todas formas, es una ley que ya no está en vigor, porque ha sido sustituida por la nueva ley del aborto aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado año.

Herrera en COPE

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