Okupación y pisos turísticos: cómo les afecta la nueva Ley de Justicia que entra en vigor este jueves
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Okupación y pisos turísticos: así les afecta las nuevas leyes
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Este jueves está marcado en rojo en materia de vivienda. Entran en vigor dos importantes modificaciones legales: la primera afecta a los pisos turísticos y la segunda a la okupación por allanamiento.
A partir de mañana todos los propietarios que quieran convertir sus pisos en apartamentos turísticos van a tener que contar con la aprobación expresa de la comunidad de propietarios antes de empezar su actividad.
Lo que significa que tienen que obtener el respaldo de tres quintas partes del total de las cuotas de participación. Y da igual que la comunidad de vecinos haya prohibido previamente esa actividad o la haya consentido. Van a tener que pasar por este trámite.
A partir de ahora cada caso se va a analizar de forma individual, como explica en 'Mediodía COPE' Pablo Muñoz, expresidente del colegio de administradores de fincas de Córdoba.
"Antes de la entrada de la ley, las prohibiciones eran genéricas. Se prohíbe en la comunidad que haya pisos turísticos o se limita que haya pisos turísticos. Entonces se tomaba el acuerdo y ese acuerdo se escribía en el registro de la propiedad para que tuviera efecto frente a terceros o frente a futuros compradores. Pero ahora no. Ahora con la ley cada uno individualmente tendrá que pedir permiso. Existe la posibilidad de que le den permiso un señor y al año siguiente lo pida otro y no le den permiso o al revés"
Con esta medida lo que se busca sobre todo es reducir los conflictos entre vecinos, que es un clásico en muchas comunidades, por culpa de los ruidos o de los problemas de orden en general que suelen ocasionar estas viviendas turísticas.
Destaca Muñoz que "la ley está pensada para que no se denuncie. Precisamente lo que quiere la ley es que antes de la instalación del piso turístico se pida permiso a la comunidad, cosa que antes no pasaba. Antes alguien montaba un piso turístico sin necesidad de consentimiento previo de la comunidad de propietarios".
Y la nueva ley también contempla que las decisiones se puedan revocar, es decir, que la comunidad de vecinos se pueda arrepentir de haber permitido ese piso turístico. Eso sí, para prohibirlo tendrá que convocar una nueva junta de vecinos y volver a obtener el respaldo de tres quintas partes de la comunidad.
Lo que hay que dejar claro es que esta medida no es con carácter retroactivo, es decir, que los pisos turísticos que estén operativos desde antes del 3 de abril no se van a ver afectados por esta nueva normativa.
okupación de viviendas
En el caso de la okupación de viviendas, la novedad es que a partir de mañana se va a considerar ya un delito penal equiparable al allanamiento de morada y, por tanto, se va a tramitar por la vía penal, no por la civil como hasta ahora.
Esto quiere decir que los juicios se tendrán que celebrar además en menos de 15 días, sin embargo, y aquí viene el primer escollo, el hecho de que se acorte el plazo para celebrar los juicios no quiere decir que se acorte también el plazo de desalojo.
No debería superar el año como ocurre ahora, pero no es cierto que se pueda producir en horas o días, como nos explica Julio Naveira, abogado y experto en derecho inmobiliario, "¿qué es lo que tendría que hacer la Policía? Automáticamente, cuando coge a la okupa en tu casa, sacar a la okupa de tu casa, entregarte a ti la casa y a partir de aquí que vaya al procedimiento penal, que dure lo que dure"
Algo que, como señala el abogado, "o sucede en España, pero sí en otros países".
Este cambio en los plazos solo va a afectar a los okupas clásicos, por así decir, esas personas que entran en una casa por la fuerza, esté habitada o no y se quedan a vivir en ella.
El otro tipo de okupación, que es el que se ha convertido en el más común desde que estalló la pandemia y que se ha bautizado como inquiokupación, no va a correr esa suerte. No, es que en este caso la okupación, como sabemos, se produce por una dejación del pago de alquiler, vamos, que te dejan de pagar y este hecho va a seguir siendo considerado un delito civil y no penal.
Es importante recalcar en qué consiste realmente este cambio en la ley, como recuerda Naveira, "la modificación de la ley de Justicia del delito criminal solamente afecta a las okupaciones delincuenciales, y no soluciona el problema, solamente agiliza el plazo de devolución, que podemos pasar de dos a cuatro años al plazo de un año".
Dos cuestiones que afectan clarísimamente al mercado de la vivienda, aparte de otros factores como la falta de sueldo de vivienda y de agilización para los trámites y liberalización, pero desde luego que afectan, desde luego que afectan.