¿Qué hay detrás de la detención de dos agentes del CNI por filtrar información a Estados Unidos?

Las incógnitas son muchas, sobre todo por qué la información se ha entregado a un país amigo como es Estados Unidos. Pilar García Muñiz busca respuestas

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¿Qué ha llevado a los agentes del CNI a vender información relevante a Estados Unidos?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El CNI descubrió el pasado mes de septiembre que dos de sus agentes habían estado pasando informes clasificados a un país aliado como es Estados Unidos y todo a cambio, lógicamente, de dinero aunque se dice que no sería el único motivo.

Todavía hay que poner en cuarentena el móvil, el motivo, el porqué dan el paso de colaborar, de vender información o entregar información. Ese dato, explica en Mediodía COPE, el jefe de Interior de la Cadena COPE, Juan Baño, al igual que no está claro si han cobrado o no por esa información.

La gran incógnita: qué les ha llevado a los agentes a vender la información

¿Por qué razón estos dos agentes dan el paso que les implicaría en delitos de revelación de secretos cuando no de traición? Habrá que ver dentro de las pesquisas que están abiertas.

Las detenciones se llevaron a cabo después del verano, pero ya venía trabajando en el Centro Nacional de Inteligencia y recopilando datos sobre lo que estaba ocurriendo por parte de estos dos espías dentro del propio CNI, de la propia Casa.

Las unidades de contrainteligencia venían trabajando y los servicios de contrainteligencia han funcionado y, aparentemente han funcionado a la perfección, porque se ha detectado rápido. En septiembre se produjo la intervención de un juzgado ordinario de Plaza de Castilla porque no son agentes de autoridad, por lo tanto, no se les puede considerar militares que podrían ser llevados ante un juzgado militar o un juez militar.

Uno de los agentes está en prisión, el otro está en libertad con cargos con medidas cautelares. Todo es muy grave porque estamos hablando que estarían presuntamente entregando información de manera ilegal a un gran aliado.

Los servicios de inteligencia españoles tienen una estrechísima relación con los servicios de inteligencia estadounidenses como es lógico, estamos dentro de la OTAN, con materia compartida como los temas de terrorismo u otros asuntos sensibles con los que están prácticamente trabajando codo con codo y sin secretos.

Habría que ver a quién se ha entregado esa información, si a la CIA, la DEA, la NSA, es decir, hay muchas agencias americanas. Ahora habrá que ver si se puede demostrar a quién se le ha entregado y qué tipo de información, si es reservada, si es secreta, porque, por ejemplo, la información secreta es del más alto grado de protección porque su difusión causar un perjuicio extremadamente grave para los intereses de España.

Sin embargo, la información reservada es de un alto grado de protección que puede crear una amenaza o perjuicio grave para los intereses de España. Hay una graduación, vamos a ver si estamos ante documentos reservados, documentos secretos, si forman parte de información estructural del CNI, del personal o es información operativa o afecta la seguridad nacional, es decir, qué es lo que se ha pasado a Estados Unidos.

El control judicial de los agentes secretos

El CNI está sometido a control judicial, de hecho, hay un juez específico que autoriza las operaciones que llevan a cabo, pero si los agentes cometen un delito, como parece ser en este caso, van a la Justicia ordinaria.

Dentro del Tribunal Supremo, que se encarga justamente de fiscalizar, de autorizar, de controlar las actividades del CNI, propias del Centro, de autorizar para que tengan un respaldo legal, por ejemplo, las intervenciones que se produjeron en su momento con el sistema Pegasus, incluso a líderes del movimiento independentista en Cataluña, al propio president Aragonés.

Pero esta cuestión afecta a algo distinto, hay que poner en el punto de mira justamente al agente del centro al que se le exigen responsabilidades que están contempladas en el Código Penal, por lo tanto, con unas consecuencias penales claras. El artículo 584 del Código Penal contempla penas de 6 a 12 años de cárcel por llevar a cabo actividades como las que ahora se están investigando.

Herrera en COPE

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