PIERRIA HENRY

Cuatro años de sanción para un exjugador del Baskonia por 'encubrimiento' en un control antidopaje

Al exjugador del Baskonia se le detectó el intento de uso de una sustancia prohibida o un método prohibido en un control antidopaje y ha recibido el máximo castigo.

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) ha sancionado al exbaskonista Pierrià Henry con cuatro años de suspensión por utilizar un "método prohibido" durante un control antidopaje al que fue sometido el pasado 13 de enero de 2023, cuando estaba en el equipo vitoriano.

El ente federativo dio a conocer la sanción a través de su página web en la que basa la suspensión en el artículo 2.2 del libro antidopaje que señala que desarrolla el "intento de uso por parte de un atleta de una sustancia prohibida o un método prohibido". Este artículo añade que “no es necesario que se demuestre intención, culpa, negligencia o uso consciente por parte del atleta para establecer una infracción de las normas antidopaje por el uso de una sustancia prohibida o un método prohibido”.

”El éxito o fracaso del uso o intento de uso de una sustancia prohibida o método prohibido no es material. Es suficiente que la sustancia prohibida o el método prohibido se hayan utilizado o se haya intentado utilizar para que se cometa una infracción de las normas antidopaje”, concluye la norma.

El Baskonia ya aclaró en su momento que la suspensión derivó de una cuestión procedimental de la prueba y no de que el jugador haya dado un resultado positivo en el control antidopaje por sustancias prohibidas. Además, en el momento en el que se conocieron los hecho el club tomó la determinación de suspender de forma provisional su licencia hasta la resolución del caso.

Por otro lado, la FIBA revisó en 2021 el reglamento interno con diferentes actualizaciones en relación a que “las sanciones básicas ahora pueden aumentarse hasta un período adicional de dos años si existen circunstancias agravantes, por ejemplo, el uso de múltiples sustancias, la comisión de múltiples infracciones, conducta engañosa u obstructiva y otras similares circunstancias graves”.