Hasta el 6 de febrero de 2028

Dos años más de sanción a Katir por manipular parte de un proceso antidopaje

Al atleta se le acusa de tampering en uno de los tres controles antidopaje que no pasó y se le habría aumentado la sanción dos años más, hasta el 6 de febrero de 2028.

EFE

El atleta habría sido suspendido otros dos años más por tampering.

Agencia EFE

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Mo Katir parecía destinado a marcar una época en el atletismo español, pero ya no será así. El mediofondista fue sancionado con dos años sin competir el pasado 16 de febrero por no estar localizable para realizarse tres controles antidopaje. Katir se perdió los Juegos Olímpicos de París en los que era una clara opción a medalla.

Ahora, se ha conocido que su castigo puede aumentar hasta los cuatro años por haber cometido una infracción en el artículo 2.5 del reglamento antidopaje. Este se refiere a un aspecto conocido como 'tampering' y que está relacionado con la manipulación o intento de manipulación de cualquier parte del proceso de un control antidoping.

Así se recogería en un escrito de Sport Resolutions, la entidad que tramita los procedimientos disciplinarios de World Athletics. Por tanto, la sanción de Katir se ampliaría en dos años más contando desde el 7 de febrero y hasta el 6 de febrero de 2028.

La sanción a katir

Katir fue sancionado por "una infracción de las normas derivada de tres fallos de localización en los últimos doce meses". Estos fallos se refieren a tres ocasiones en las que Katir no pudo ser localizado para someterse a un control antidopaje y que el atleta los atribuyó a errores al cumplimentar los datos para su localización en la plataforma creada al efecto, ADAMS.

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Mo Katir durante los Mundiales de Budapest en 2023

Pese a la sanción de cuatro años, Katir asegura que "no se procede por parte de Sport Resolutions a la anulación de ningún resultado deportivo" logrado por su parte, puesto que se considera que "no existe actuación alguna que haya incidido en los resultados logrados" en su carrera deportiva.

"La acción de “tampering” por la que se pretende sancionarme habría tenido lugar el 28 de febrero de 2023, coincidiendo con el primer fallo de localización. Como ya reconocí, modifiqué la fecha de un viaje de avión a Lisboa en la reserva y el billete, dado que había informado a AIU que había viajado a dicha ciudad en determinado día, cuando, en realidad, lo había hecho dos días antes", expone en su comunicado el atleta de Mula.

      
             
      

"Asumí que el 28 de febrero de 2023 se produjo un primer fallo de localización por no estar correctamente actualizados los datos de paradero en ADAMS. Sin embargo, considero que la desafortunada alteración de la fecha de viaje en la reserva y el billete de avión no tuvo -ni pudo haber tenido - consecuencia alguna en el procedimiento antidopaje. Esto se debe a que, a mi juicio, el fallo de localización ya estaba plenamente establecido con anterioridad y de forma independiente a dicha alteración, por lo que no puede considerarse la existencia de una infracción de 'tampering'", subraya.

"La modificación de la fecha en la reserva y el billete de avión fue un intento de dar una explicación al hecho de que no me encontrara en mi domicilio cuando se intentó realizar un control fuera de competición. Este control, además, se iba a llevar a cabo fuera de la ventana de 60 minutos especificada en mis datos de localización del ADAMS. En ese momento, yo me encontraba en Lisboa, y mi intención al modificar la fecha fue aportar información para clarificar mi paradero en ese periodo, no para subvertir ni alterar el procedimiento antidopaje. Esta acción, aunque equivocada, nunca ha tenido como objetivo cuestionar el fallo de no haber actualizado adecuadamente los datos de paradero en ADAMS, sino justificar mi ausencia en determinado día, hora y lugar", apunta.

EFE

Katir estaría sancionado hasta 2028

"Es llamativo que una organización internacional con los recursos y capacidades como AIU, que cuenta con una unidad de 'inteligencia', haya tardado un año en reaccionar ante una circunstancia que posteriormente consideró como de tal gravedad como para solicitar un periodo de suspensión de 5 años, la anulación de todos los resultados deportivos desde el 9 de marzo de 2023, e incluso el abono de las costas del procedimiento", manifiesta.

      
             
      

Por último, Katir mantiene "la esperanza y la confianza en poder regresar a la competición a comienzos de 2026", para lo cual entrena "cada día". "Agradezco a quienes me apoyan y animan en estos momentos, porque el verdadero amor y amistad se demuestra cuando estás en tus malos momentos", concluye. La decisión de Sport Resolutions, que no es firme, puede ser recurrida ante el TAS, valorándose por parte de Katir "apelar la decisión en el derecho" que le asiste.

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