Carta del arzobispo de Tarragona: «Objeción de conciencia»

Joan Planellas reivindica en su escrito semanal la libertad de conciencia ante unas leyes que favorecen una sociedad en la que «los mas débiles son eliminados»

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Estimados y estimadas, el pasado mes de marzo, la Conferencia Episcopal publicó una Nota sobre la objeción de conciencia. Como recordareis, hace unas semanas la Hoja Dominical del primero de mayo dedicó a este tema un extenso reportaje. El escrito de los obispos muestra la preocupación de la Iglesia ante leyes como la del aborto y la eutanasia, o como las que se inspiran en principios antropológicos que absolutizan la voluntad humana o en ideologías que no reconocen la naturaleza del ser humano que le ha sido dada en la Creación, y que tiene que ser la fuente de toda moralidad. La finalidad no es otra que ayudar a hacer descubrir la libertad de conciencia ante la manipulación escondida tras estas leyes, que no contribuyen a la libertad y al bien común, sino que favorecen la economía del descarte, imponiendo un tipo de «darwinismo» social en el cual los más débiles son eliminados. Al mismo tiempo, se invita en nombre de la propia conciencia a rechazar determinadas ideologías contrarias al Evangelio.

En la Nota se indica que todo ciudadano, en el ejercicio de su libertad, ha de tomar aquellas decisiones que conducen a la consecución del bien común de la sociedad y de su propio bien personal. Para conocer en cada momento lo que es bueno o malo, junto con el don de la libertad, Dios ha dotado al ser humano del don de la conciencia que, como afirma el Concilio Vaticano II, «es el núcleo más secreto y el sagrario del hombre, en el que éste se siente a solas con Dios, cuya voz resuena en el recinto más íntimo de aquélla» (GS 16). Decidir y actuar así es la prueba más grande de una libertad madura y una condición para la moralidad de las acciones propias.

El ciudadano no tiene que seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estas son contrarias a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio. La objeción de conciencia supone que una persona antepone el dictado de su conciencia a lo ordenado o permitido por la ley. Esto no justifica cualquier desobediencia a las normas promulgadas por las autoridades legítimas. Tan sólo se puede ejercer en relación a aquellas que atentan directamente contra elementos esenciales de la propia fe o que son contrarias al derecho natural, en tanto que minan directamente los fundamentos de la dignidad humana y de una convivencia basada en la justicia.

El Estado tiene la obligación de reconocer la libertad religiosa, de pensamiento y de conciencia. Por lo tanto, no la puede restringir y minimizar, con la excusa de garantizar el acceso de las personas a ciertas prácticas reconocidas legalmente, y presentarla como un atentado que va en contra de los «derechos» de los otros. Los cristianos católicos estamos obligados a poner en práctica la objeción de conciencia en esas acciones que, estando aprobadas por leyes del Estado, tengan como consecuencia la eliminación de una vida humana en su comienzo o término. Al mismo tiempo, tenemos que objetar ante la difusión de antropologías contrarias a la visión cristiana de la persona, de la sexualidad, del matrimonio y la familia. Los cristianos creemos que la libertad humana, aun encontrándose herida por el pecado, dispone de la fuerza necesaria para superar las dificultades y para actuar en coherencia con la propia fe.

+ Joan Planellas i Barnosell

Arzobispo de Tarragona