El Papa Francisco nombra a José Cobo y José Antonio Satué miembros del Dicasterio para los Obispos

El arzobispo de Madrid y el obispo de Teruel formarán parte del dicasterio que dispone todo lo relativo al nombramiento de los obispos

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Sara de la Torre

Publicado el - Actualizado

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El Papa Francisco ha nombrado este 9 de septiembre a

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pasan a formar parte del dicasterio que dispone "todo lo relativo al nombramiento de los obispos diocesanos y titulares, a los administradores apostólicos y, en general, a la provisión de las Iglesias particulares. Lo hace tomando en consideración las propuestas de las Iglesias particulares, de las conferencias episcopales y de las Representaciones Pontificias, y previa consulta a los miembros de la presidencia de la respectiva conferencia episcopal y del metropolitano. En este proceso se involucra de manera adecuada también a miembros del Pueblo de Dios de las diócesis interesadas".

La elección de los candidatos

El dicasterio, de acuerdo con las conferencias episcopales y sus uniones regionales y continentales, indica los criterios para la elección de los candidatos. Estos criterios deben tener en cuenta las diferentes necesidades culturales y ser evaluados periódicamente.

El dicasterio trata también de la renuncia de los obispos de su oficio, conforme a las disposiciones canónicas.

Siempre que para la constitución o modificación de Iglesias particulares y sus agrupaciones, así como para la provisión de Iglesias particulares, haya que tratar con los gobiernos, el dicasterio procederá sólo después de haber consultado a la Sección para las Relaciones con los Estados y Organismos Internacionales de la Secretaría de Estado y a las conferencias episcopales interesadas.

Visitas ad limina Apostolorum

En los casos en que se requiere una intervención especial para el recto ejercicio de la función episcopal de gobierno, si el metropolitano o las conferencias episcopales no pueden resolver el problema, corresponde al dicasterio, si es necesario de mutuo acuerdo con los demás dicasterios competentes, disponer las visitas fraternas o apostólicas y, procediendo del mismo modo, evaluar los resultados y proponer al Romano Pontífice las decisiones que estime convenientes.

Corresponde al dicasterio preparar todo lo que se refiere a las visitas ad limina Apostolorum de las Iglesias particulares encomendadas a su cuidado. Con este fin, examina las relaciones enviadas por los obispos diocesanos a norma del art. 40; asiste a los obispos en su estancia en la Urbe organizando oportunamente el encuentro con el Romano Pontífice, las peregrinaciones a las basílicas papales y otros coloquios; finalmente, al terminar la visita, les envía por escrito las conclusiones, sugerencias y propuestas del dicasterio para las respectivas Iglesias particulares y conferencias episcopales.

El dicasterio, sin perjuicio de la competencia del Dicasterio para la Evangelización, se ocupa de la formación de los nuevos obispos con la ayuda de obispos de probada sabiduría, prudencia y experiencia, así como de expertos de las diversas regiones de la Iglesia universal.

El dicasterio ofrece periódicamente a los obispos oportunidades de formación permanente y cursos de actualización.

El dicasterio desarrolla su actividad con espíritu de servicio y en estrecha colaboración con las conferencias episcopales y sus uniones regionales y continentales. Trabaja a favor de ellas en lo que se refiere a la celebración de concilios particulares, a la constitución de conferencias episcopales y a la recognitio de sus estatutos. Recibe las actas y decretos de dichos organismos, los examina y, consultando a los dicasterios interesados, otorga la recognitio necesaria a los decretos. Finalmente, cumple lo establecido por las disposiciones canónicas respecto a las provincias y regiones eclesiásticas.