Nota del Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal Española sobre el matrimonio y el fallo del Tribunal Constitucional

Nota del Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal Española sobre el matrimonio y el fallo del Tribunal Constitucional

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Constitucional ha avanzado anteayer el sentido de una sentencia, que publicará próximamente, en la que resuelve que la actual legislación española sobre el matrimonio es conforme a la Constitución. Ante la trascendencia de este fallo, recordamos brevemente la doctrina católica, sin perjuicio de que, cuando sea conocida la sentencia, sean necesarias más precisiones.

1.

La legislación actualmente vigente en España ha redefinido la figura jurídica del matrimonio de tal modo, que éste ha dejado de ser la unión de un hombre y de una mujer y se ha transformado legalmente en la unión de dos ciudadanos cualesquiera, para los que ahora se reserva en exclusiva el nombre de "cónyuges" o de "consortes". De esta manera se establece una insólita definición legal del matrimonio con exclusión de toda referencia a la diferencia entre el varón y la mujer. Los españoles han perdido así el derecho de ser reconocidos expresamente por la ley como "esposo" o "esposa" y han de inscribirse en el Registro Civil como "cónyuge A" o "cónyuge B".

2.

Por tanto, no podemos dejar de afirmar, con dolor, que las leyes vigentes en España no reconocen ni protegen al matrimonio en su especificidad. Por ello, convencidos de las consecuencias negativas que se derivan para el bien común, alzamos nuestra voz en pro del verdadero matrimonio y de su reconocimiento jurídico. Todos, desde el lugar que ocupamos en la sociedad, hemos de defender y promover el matrimonio y su adecuado tratamiento por las leyes. Es el momento de leer de nuevo la reciente Instrucción Pastoral de la Asamblea Plenaria de nuestra Conferencia Episcopal titulada La verdad del amor humano. Orientaciones sobre la verdad del amor conyugal, la ideología de género y la legislación familiar, aprobada el pasado 26 de abril y publicada el 4 de julio.

3.

No es de nuestra competencia hacer juicios sobre la pertinencia jurídica de las sentencias de los tribunales. Es, en cambio, nuestra obligación ayudar al discernimiento acerca de la justicia y de la moralidad de las leyes. En este sentido, debemos reiterar que la actual legislación española sobre el matrimonio – con independencia de que sea o no conforme a la Constitución – es gravemente injusta, puesto que no reconoce ni protege la realidad del matrimonio en su especificidad. Es, pues, urgente la modificación de la ley con el fin de que sean reconocidos y protegidos los derechos de todos en lo que toca al matrimonio y a la familia. Pensamos, en particular, en el derecho de quienes contraen matrimonio a ser reconocidos expresamente como esposo y esposa; en el derecho de los niños y de los jóvenes a ser educados como esposos y esposas del futuro; y en el derecho de los niños a disfrutar de un padre y de una madre, en virtud de cuyo amor fiel y fecundo son llamados a la vida y acogidos en una familia estable. Ninguno de estos derechos es actualmente reconocido ni protegido por la ley.

Que María Santísima cuide de las familias e interceda por los gobernantes, sobre quienes pesa el deber y a quienes compete el servicio de ordenar con justicia la vida social.

Madrid, 8 de noviembre de 2012

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