Los requisitos para que el Vaticano no rechace una aparición: "Se busca una respuesta temprana"
El profesor Ángel Castaño explica el nuevo documento para certificar las apariciones: "El Vaticano no se pronuncia sobre la sobrenaturalidad, lo máximo es el 'Nihil obstat"
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El Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó el pasado 17 de mayo las nuevas normas para el estudio de las apariciones y fenómenos sobrenaturales asociadas a la Iglesia Católica, que modifica el documento del año 1978.
El profesor de Mariología de la Universidad de San Dámaso, Ángel Castaño, ha explicado en 'Ecclesia al día' que en el texto el proceso de investigación es la misma, pero existen matizaciones sobre el final del estudio y los criterios con los que se juzga.
“Lo que más llama la atención es que las normas de 1978 tenían que llegar a una de estas tres conclusiones: “Consta que se trata de un fenómeno sobrenatural; consta que no lo es; no consta que lo sea. Se da una aprobación definitiva, un rechazo definitivo o un no pronunciarse porque no se puede decidir”, ha señalado Castaño.
La diferencia es que el Vaticano no se pronuncia abiertamente sobre un fenómeno sobrenatural
Ahora, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe no declara abiertamente qué es o no un fenómeno sobrenatural, bajo el pretexto de que el documento de 1978 ha dado pocos resultados hasta ahora, con tan solo seis resoluciones en este tiempo, cuando el número de supuestas apariciones ha sido muy superior: “El proceso era muy largo, hay fenómenos que lleva años y años y todavía no han recibido un juicio por parte de la Iglesia, por lo que el Vaticano busca una respuesta temprana sin pronunciarse sobre la sobrenaturalidad”, ha continuado exponiendo el profesode de Mariología en San Dámaso.
Los criterios que deben cumplirse para que el Vaticano no rechace una aparición
De esta manera, apunta Ángel Castaño, el Vaticano no juzgará qué es y qué no un fenómeno sobrenatural, si bien subraya que “queda abierto al Papa, que puede intervenir con su autoridad y decir si lo es o no, pero de ordinario el dicasterio renuncia a eso. Se trata sobretodo de ofrecer criterios que permitan abordar con prontitud estos fenómenos con criterios pastorales”.
La máxima aprobación que recibirá una aparición por parte del Vaticano es el 'Nihil obstat' (sin objeción), siempre y cuando se cumplan los requisitos: “Que no contenga ningún error respecto a la Doctrina de la Iglesia y las buenas costumbres, que no haya aspectos problemáticos, que haya fruto espiritual y que este fenómeno sea acompañado por el obispo diocesano”, ha puntualizado Castaño en 'Ecclesia al día'.
El proceso de investigación no cambia con la reforma del Vaticano
Y es que corresponderá al obispo diocesano donde se haya producido la supuesta aparición el proceso de investigación, siguiendo el mismo criterio que establecía el documento anterior: contacto con los videntes, estudiar su testimonio, verificar su credibilidad, estudio psicológico determinar si los signos en los que se presenta el presunto acontecimiento sean hechos imprevisibles atribuidas a la acción de Dios, o comprobar que no haya un intento de beneficio personal. “Son estudios realizados por peritos y teólogos y que requieren su tiempo”, ha precisado el profesor de Mariología.