Los ritos de la Iglesia Católica: ''Una legítima diversidad que no se opone a la unidad''
La Iglesia Católica acoge muchos ritos, permitidos todos por la Santa Sede, para celebrar la fe en comunidad según diferentes tradiciones
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La misa en la que participan los cristianos actualmente fue establecido en 1970 por san Pablo VI. El rito se establece en el misal actual, la «Lex orandi», la Ley de la oración», de la Iglesia católica de rito latino.
Sin embargo, en algunas partes del mundo ''no pocos fieles se adhirieron y siguen adhiriéndose con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas'', explicaba Benedicto XVI en 2007 a través del Motu Propio 'Summorum Pontificum'. Ese rito anterior, definido como forma extraordinaria, conocido como misa tridentina, celebrada en latín y mirando a oriente (que no, 'de espaldas al pueblo') sigue el Missale Romanum de 1962 de san Juan XXIII.
La Iglesia católica cuenta otros con cuatro ritos en Occidente
En 1988, y a través de la Carta Apostólica «Ecclesia Dei», san Juan Pablo II exhortó a los obispos ''a utilizar amplia y generosamente esta facultad en favor de todos los fieles que lo solicitasen'', seguía Benedicto XVI en el motu propio de 2007. En este documento, el Papa alemán dio más facilidades para la celebración tradicional. Una 'legítima diversidad' que 'no se opone a la unidad de la Iglesia', establecía san Juan Pablo II en 'Ut Unum Sint' (1995).
Una variedad que iba más allá de la forma oficial y la extraordinaria, pues en la Iglesia Católcia se permiten además otros cuatro ritos: el cartujo, el mozárabe (España), el ambrosiano (Milán) y bracarense (Braga, Portugal). Además, están los ritos orientales, como los siro-malabares, maronitas, siríacos o greco-católicos. Además, el trabajo ecuménico ha permitido, por ejemplo, que los cristianos romanos y los cristianso armenios puedan comulgar, cada uno en la liturgia del otro. Además, los católicos pueden comulgar en las celebraciones ortodoxas en los casos que establece el párrafo 2 del canon 844 del Código de Derecho Canónico.
Francisco no prohibió la forma extraordinaria en 2021
En 2021, y a través también de otro Motu Propio, 'Traditionis custodes', el Papa Francisco no prohibió el rito tradicional. Lo que la Santa Sede estableció fue que se podía celebrar, siempre y cuando se contase con el permiso del obispo o arzobispo de la diócesis. Si un sacerdote quisiese celebrar según esta forma, debería pedir ese permiso a su obispo, y éste solicitarlo a la Santa Sede.
El debate en algunas comunidades cristianas sobre los dos ritos es intenso, pues se vincula el rito tradicional con un mayor cuidado de la liturgia, visto, entre otras cuestiones por las vestimentas de seda y los cantos gregorianos. Ciertamente, nada impide actualmente vestir la sotanas antiguas o cantar en latín, ni usar incienso para dar a la misa la solemnidad que merece.
Además, todo abuso litúrgico detectado en cualquier parroquia puede ser reclamado en las diócesis, y no en pocas comunidades se realizan catequesis y charlas sobre la liturgia y su cuidado, y otros temas como la música litúrgica.