La víctima, la reparación y la prevención: los tres ejes de acción del plan PRIVA

La Conferencia Episcopal ha detallado los ejes de acción y objetivos del Plan de Reparación Integral a las Víctimas de Abusos Sexuales aprobado por los obispos y CONFER esta semana

La víctima, la reparación y la prevención: los tres ejes de acción del plan del Plan PRIVA

José Melero Campos

Publicado el - Actualizado

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El Plan de Reparación Integral a las Víctimas de Abusos Sexuales (PRIVA) que aprobaron los obispos y CONFER de manera conjunta en la Asamblea Plenaria Extraordinaria el pasado martes, incluye la creación de un órgano que coordinará la respuesta a las víctimas en cuyo caso no hay recorrido judicial porque haya prescrito el delito o el victimario haya fallecido.

Este organismo, que se denomina Comisión Asesora para la Reparación Integral, verificará de manera individual cada caso para analizar los hechos y establecer el marco de reparación oportuno.

En el comunicado hecho público por la Conferencia Episcopal Española donde detallan los tres documentos aprobados por los obispos en la Plenaria, se establece que tanto el propio episcopado como la Confederación Española de Religiosos respaldarán subsidiariamente la reparación establecida de modo que ninguna víctima quede desatendida.

Los cinco ejes que definen el Plan de Reparación Integral a las Víctimas

La víctima, la reparación y la prevención: los tres campos de acción del PRIVA

En relación a la víctima

Todas las diócesis e institutos de vida consagrada y otras instituciones eclesiales han creado oficinas de acogida, atención y acompañamiento a las víctimas de abusos en la Iglesia”, se puede leer en el comunicado de la CEE.

Un acompañamiento que incluye la acogida a las víctimas y ofrecerle servicios específicos como parte de una asistencia integral. A su vez, se ha de prestar orientación y asistencia legal; dotarlas de recursos o personas que puedan acompañar y seguir los distintos procesos que quieran iniciar para poder sanar su situación; crear entornos seguros en todos los ámbitos de la Iglesia y promover una cultura de rechazo total a los abusos sexuales y crear mapas de riesgos y de daños que puedan servir de orientación a la hora de atender a las víctimas.

En relación a la reparación

El compromiso que se adquiere es una asistencia integral, en función a la necesidad de cada uno: pastoral y espiritual; médica, terapéutica, psicológica y social; y legal, jurídica y económica.

El PRIVA contempla que los victimarios son los principales responsables de la reparación pero, de manera subsidiaria, la Iglesia tiene una responsabilidad moral de reparar cuando el agresor no pueda hacer frente a ello.

En cuanto a la reparación material, esta podrá ser económica en forma de indemnización a partir de una sentencia o económica; en especie, lo que se traduce en la prestación de servicios médicos o terapéuticos; y económica en forma dineraria reconocida y asumida voluntariamente por la Iglesia al término del procedimiento establecido al efecto.

En cuanto a la prevención

El PRIVA propone activar protocolos de actuación en las actividades con menores y personas equiparadas en derechos; formación inicial sobre el tema de abusos a menores al inicio de cada curso pastoral en los diversos ámbitos de la pastoral; realizar por parte de la Iglesia un examen sobre las causas que desencadenan el abuso y pautas y orientaciones para la vida y misión de la Iglesia; procurar el tratamiento a los victimarios con los programas de intervención basados en la evidencia que se usan para otros abusadores por parte de profesionales de la psicología.

Las competencias de la Comisión Asesora

Los obispos aprobaron en la Plenaria Extraordinaria la creación de una Comisión Asesora para la Reparación Integral que tendrá como objetivo evaluar los daños causados a cada una de las víctimas y definir las vías de reparación a las entidades que deban llevarlas a cabo.

La Comisión está formada por diez personas: cuatro expertos del ámbito médico forense, cuatro del ámbito jurídico y un representante de la Conferencia Episcopal y otro de CONFER. La Comisión podrá convocar a un representante de las víctimas o de las asociaciones que trabajan con víctimas.

La Comisión recogerá toda la información ya elaborada por las personas que han atendido a esa víctima, para no revictimizar, y podrá recoger más información si la víctima lo considera necesario. Con todos los datos, la Comisión ofrecerá un informe de los casos presentados, que se circunscriben a aquellos que no pueden ser juzgados por el fallecimiento del victimario o por la prescripción del delito.

La Comisión, con la ayuda de la Vicesecretaría para Asuntos Económicos, elaborará un posible baremo o sistema de valoración de los daños y perjuicios padecidos. Para ello se tendrán en cuenta los baremos propuestos por la ley civil y los criterios orientadores de otras Conferencias episcopales del entorno.

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