El Vaticano explica 'Fiducia supplicans' y reitera que la doctrina sobre el matrimonio no cambia

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha recomendado la lectura completa y reposada de la Declaración para comprender mejor el sentido de su propuesta

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El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha publicado una nota de prensa firmada por el prefecto, el cardenal Víctor Manuel Fernández, y el secretario para la Sección Doctrinal, monseñor Armando Matteo, para ayudar a clarificar la recepción de la Declaración 'Fiducia supplicans', al mismo tiempo que han recomendado su lectura completa y reposada de la Declaración para “comprender mejor el sentido de su propuesta”.

La Santa Sede vuelve a explicar que la doctrina sobre el matrimonio no cambia, los obispos pueden discernir su aplicación según el contexto y las bendiciones pastorales no son comparables a las litúrgicas y ritualizadas. “El documento es claro y clásico sobre el matrimonio y la sexualidad”, subraya el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, que vuelve a poner algunas “frases contundentes” de 'Fiducia supplicans' que “no dejan dudas”.

“Evidentemente, no habría lugar para distanciarse doctrinalmente de esta Declaración ni para considerarla herética, contraria a la Tradición de la Iglesia o blasfema”, subraya el Dicasterio. En la misma Declaración, recuerda el Dicasterio, contiene “la propuesta de breves y simples bendiciones pastorales (no litúrgicas ni ritualizadas) a parejas (no a las uniones) irregulares, entendiendo que son bendiciones sin forma litúrgica que no aprueban ni justifican la situación en que se encuentran esas personas”.



“Algunos obispos, por ejemplo, han establecido que cada sacerdote podrá discernir, pero que podrá realizar estas bendiciones solo en privado. Nada de esto resulta problemático si se expresa en un marco de respeto hacia un texto firmado y aprobado por el mismo Sumo Pontífice, intentando acoger de algún modo la reflexión que contiene. Cada obispo local, por su función propia, tiene desde siempre la potestad del discernimiento in loco, en ese lugar tan concreto que él conoce más que otros, porque es su rebaño. La prudencia y la atención al contexto eclesial y a la cultura local podrían admitir diversos modos de aplicación, pero no una negación total o definitiva de este paso que se está proponiendo a los sacerdotes”, escribe el Dicasterio en la nota de prensa.

En el documento que clarifica aún más la Declaración, Fernández también reflexiona sobre algunos países que viven contextos de persecución a los homosexuales, por ejemplo: “En varios países hay cuestiones fuertemente culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales más allá del corto plazo […] si hay legislaciones que penalizan con la cárcel, y en algunos casos con torturas e incluso la muerte, el solo hecho de declararse gay, se entiende que sería imprudente una bendición. Es evidente que los obispos no quieren exponer a las personas homosexuales a la violencia. Lo importante es que estas conferencias episcopales no sostienen una doctrina diferente a la de la Declaración aprobada por el Papa, porque es la doctrina de siempre, sino que plantean la necesidad de un estudio y discernimiento para actuar con prudencia pastoral en ese contexto”.

“En verdad – sigue el documento - no son pocos los países que en distintos grados condenan, prohíben y criminalizan la homosexualidad. En estos casos, más allá de la cuestión de las bendiciones, allí hay una tarea pastoral amplia a largo plazo que incluye formación, defensa de la dignidad humana, enseñanza de la Doctrina Social de la Iglesia y diversas estrategias que no admiten prisas”.

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La verdadera novedad del documento, según el Dicasterio, es la invitación a distinguir entre dos formas diferentes de bendiciones: “litúrgicas o ritualizadas” y “espontáneas o pastorales”. Para el cardenal argentino, “en el trasfondo se sitúa la valoración positiva de la “pastoral popular” que aparece en muchos textos del Santo Padre. En ese contexto, nos invita a una valoración de la fe sencilla del Pueblo de Dios, que aun en medio de sus pecados sale de la inmanencia, abre el corazón para pedir la ayuda de Dios”.

Por esta razón, más que por la bendición a parejas irregulares, “el texto del Dicasterio ha adoptado el alto nivel de una “Declaración”, que es mucho más que un “responsum” o una carta. El tema central, que nos invita especialmente a una profundización que enriquezca nuestra praxis pastoral, es la comprensión más amplia de las bendiciones y la propuesta de acrecentar las bendiciones pastorales, que no exigen las mismas condiciones de las bendiciones en contexto litúrgico o ritual. Por consiguiente, más allá de la polémica, el texto reclama un esfuerzo de reflexión serena, con corazón de pastores, fuera de toda ideología”.

Aunque algún Obispo considere prudente por el momento no dar estas bendiciones, “igualmente todos necesitamos crecer en la convicción de que las bendiciones no ritualizadas no son una consagración de la persona o de la pareja que las recibe, no son una justificación de todas sus acciones, no son una ratificación de la vida que llevan. Cuando el Papa pidió crecer en una comprensión más amplia de las bendiciones pastorales, nos propuso pensar en un modo de bendecir que no requiera poner tantas condiciones para realizar este simple gesto de cercanía pastoral, que es un recurso para promover la apertura a Dios en medio de las más diversas situaciones”.

En el quinto punto del documento se trata una pregunta esencial: ¿Cómo son concretamente estas “bendiciones pastorales”? “Se trata de bendiciones de pocos segundos, sin ritual ni bendicional. Si se acercan dos personas juntas a implorarla, sencillamente se pide al Señor paz, salud y otros bienes para esas dos personas que la solicitan. También se pide que puedan vivir en plena fidelidad al Evangelio de Cristo, para que el Espíritu Santo pueda liberar a esas dos personas de todo lo que no responda a su voluntad divina, de todo lo que necesite purificación”.

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Esta forma de bendición no ritualizada, con la simplicidad y brevedad de su forma, no pretende justificar algo que no es moralmente aceptable. Evidentemente, no es un casamiento, pero ni siquiera es un "visto bueno" ni una ratificación de nada. Es solo la repuesta de un pastor a dos personas que piden la ayuda de Dios. Por eso en ese caso el pastor no pide condiciones ni quiere conocer la vida íntima de esos sujetos”, escriben en la nota de prensa.

Y ya que a algunos “les cuesta entender cómo podrían ser estas bendiciones”, el Dicasterio propone un ejemplo concreto: “Imaginemos que en medio de una gran peregrinación, una pareja de divorciados en nueva unión, le dicen al sacerdote: "Por favor, denos una bendición, no conseguimos empleo, él está muy enfermo, no tenemos casa, la vida se nos vuelve muy pesada, que Dios nos ayude".

En ese caso, el sacerdote puede decir una simple oración semejante a esta: “Señor, mira a estos hijos tuyos, concédeles salud, trabajo, paz, ayuda mutua. Libéralos de todo lo que contradice tu Evangelio y concédeles vivir según tu voluntad. Amén”. Y finaliza con el signo de la cruz sobre cada uno de los dos”.



Son 10 o 15 segundos. ¿Tiene sentido negar este tipo de bendiciones a esas dos personas que la suplican? ¿No vale la pena sostener su fe, poca o mucha, auxiliar su debilidad con la bendición divina, dar un cauce a esa apertura, a la trascendencia que podría llevarlos a ser más fieles al Evangelio?”, se pregunta el cardenal argentino.

“Por si quedaran dudas, la Declaración agrega que cuando la bendición sea pedida por una pareja en situación irregular, “aunque se confiera al margen de los ritos previstos por los libros litúrgicos, esta bendición nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni tampoco en conexión con ellos. Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio. Esto mismo se aplica cuando la bendición es solicitada por una pareja del mismo sexo”. Se entiende, por lo tanto, que no debería realizarse en un lugar destacado del templo o frente al altar porque esto también crearía confusión.

Por esto, cada obispo en su Diócesis está autorizado por la Declaración Fiducia supplicans a habilitar este tipo de sencillas bendiciones, con todas las recomendaciones de prudencia y cuidado, pero de ninguna manera están autorizados a proponer o habilitar bendiciones que puedan asemejarse a un rito litúrgico”, subrayan en la nota de prensa.

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El purpurado argentino es consciente de que quizás “en algunos lugares será necesaria una catequesis que ayude a entender que este tipo de bendiciones no son una ratificación de la vida que llevan quienes la solicitan. Tampoco son una absolución, porque estos gestos están lejos de ser un sacramento o un rito. Son simples expresiones de cercanía pastoral que no tienen las mismas exigencias de un sacramento ni de un rito formal. Tendremos que acostumbrarnos a aceptar que si un sacerdote da este tipo de sencillas bendiciones no es un hereje, no está ratificando nada ni está negando la doctrina católica”.

Y finaliza: “Si esto queda claro gracias a una buena catequesis, podemos liberarnos del miedo a que nuestras bendiciones puedan expresar algo inadecuado. Podríamos ser ministros más libres y quizás más cercanos y fecundos, con un ministerio cargado de gestos de paternidad y de cercanía, sin temor a ser malinterpretados”.

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