¿De monsergas sobre inmatriculaciones a desamortizaciones encubiertas? ? editorial Ecclesia

¿De monsergas sobre inmatriculaciones a desamortizaciones encubiertas? – editorial Ecclesia

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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¿De monsergas sobre inmatriculaciones a desamortizaciones encubiertas? ? editorial Ecclesia

"No debemos despertar los viejos fantasmas de un anticlericalismo que haga ahora también una desamortización, reivindicando qué es dominio público. Hay un derecho de la propiedad, y puede ser sujeto de ese derecho una persona individual o entes colectivos, en este caso, la Iglesia". Son palabras de secretario general de la CEE, en la reciente rueda de prensa de presentación del Congreso "La Iglesia en la sociedad democrática" (ecclesia, número 3.953, páginas 5 y 6 y 7).

Retomamos hoy estas declaraciones a propósito del informe de una comisión de supuestos expertos hecha pública el sábado 15 de septiembre. Dicha comisión, encabezada por Federico Mayor Zaragoza, ha sido promovida por el ayuntamiento cordobés y eligió para su publicación un sábado ?cuando la actualidad es siempre mucho menor?- y en concreto el día en que las quince ciudades españoles patrimonio de la humanidad, entre ellas Córdoba, celebraban al unísono una jornada festiva y conmemorativa del 25 aniversario del Grupo de Ciudades Patrimonio. Una manera evidentemente intencionada de obtener una mayor repercusión social y mediática. La tesis ?intelectualmente ni tan siquiera hipótesis?- de este informe sostiene que el templo "nunca" fue propiedad de la Iglesia y plantea recurrir al Tribunal Constitucional (TC) la inmatriculación del monumento.

Con prontitud, el cabildo catedralicio cordobés emitió un comunicado clarificador y contundente. Uno más, pues esta ficticia e interesada polémica lleva ya años en el candelero, aunque nunca ha recibido apoyo alguno de las instancias judiciales y administrativas recurridas. Y aunque esta polémica solo sirva para turbar la paz social y los legítimos derechos de la Iglesia.

La mezquita de Córdoba fue erigida sobre los cimientos de una basílica cristiana del siglo IV. Después, llegó el poder musulmán a buena parte de España y se estableció un esplendoroso califato en Córdoba hasta que en el año 1236 el rey Fernando III el Santo, tras la conquista de Córdoba, decide que la mezquita sea consagrada y convertida en catedral de la ciudad, confiando a la Iglesia católica su gestión, conservación y mantenimiento. Todo ello, sin detrimento de la siempre precisa y conveniente colaboración entre las instituciones, siempre al servicio del bien común y en este caso también del arte y de la cultura.

Pasaron con siglos y en 1991, cuando comenzaron a plantearse los primeros contenciosos sobre el edificio, la Junta de Andalucía ?entonces al igual que ahora y que siempre gobernada por el PSOE- y el Obispado de Córdoba firmaron un convenio de colaboración. Y en él, se reconoce al cabildo catedralicio como titular del monumento, que se cita como "catedral de Córdoba, antigua mezquita". En 2006, el entonces obispo de Córdoba procedió a la inmatriculación del templo, haciendo uso de una legítima legislación que amparaba a todos y que, en absoluto, fue pensada en pro de la Iglesia. En 2006, recordémoslo, tanto en España como en Andalucía gobernaba el PSOE.

En 2015, el Juzgado de Instrucción número 6 de Córdoba reconoció que el "Conjunto Monumental Mezquita Catedral de Córdoba" es propiedad de la Iglesia católica desde 1236, y que desde entonces ha sido poseída por esta de manera pública, pacífica e ininterrumpida.

Un año después, en 2016, la Comisión Europea, declaró, a respuestas de un nuevo contencioso, que no existe base legal para intervenir en relación con la propiedad de edificio y se remitió a la legislación nacional en aquellas cuestiones relacionadas con la propiedad del templo, ratificando, en consecuencia, la sentencia judicial de 2015, citada en el párrafo anterior.

Y ahora, toda esta incontestable argumentación ha sido obviada por la comisión de supuestos expertos, que ha ofrecido un informe carente de argumentos jurídicos e históricos, pero, eso sí, sobresaturado de argumentos puramente ideológicos, sectarios y revisionistas, infeccionados, además, por los virus del populismo y del oportunismo político más recalcitrantes y excluyentes.

El espacio del dominio público y el derecho a la propiedad no son facultad única y exclusiva del Estado y de sus distintas instancias administrativas de carácter regional, provincial o local. Y su finalidad ha de ser siempre el servicio a la ciudadanía, al bien común. Y así acontece con la ejemplar gestión que la Iglesia hace de la mezquita catedral de Córdoba. ¿O tan difícil es imaginar que habría de ella si desde hace casi ocho siglos no hubiera estado en las manos de la Iglesia? ¿O queremos repetir el error y el horror inmensos de la Desamortización de 1836?

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