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Con cuidado: Mercancías peligrosas

Con cuidado: Mercancías peligrosas

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

6 min lectura

La ONU recoge más de 3.500 mercancías peligrosas. Su transporte está sometido a duras restricciones.

El siniestro más grave en el transporte de mercancías peligrosas por carretera ocurrido en España se produjo en 1978, 243 personas murieron y se produjeron más de 300 heridos graves: Un camión cisterna cargado con propileno licuado explotó a su paso por el camping de los Alfaques, Tarragona. El mes de julio pasado se cumplieron 45 años de este dramático accidente y, afortunadamente, el transporte de mercancías peligrosas por carretera está ahora sometido a limitaciones para evitar tragedias como esta.

Circunscribir los viajes de este tipo de cargas a carreteras de alta capacidad y alejarlos de las zonas urbanas o medioambientalmente protegidas; reducir los horarios; obligar a la identificación clara de los continentes y de los vehículos; o exigir una especial cualificación a los conductores que lo realizan, son algunas de estas restricciones.

Pero, ¿a qué tipo de sustancias nos estamos refiriendo? Son mercancías peligrosas las que, en caso de accidente durante su transporte, por carretera o ferrocarril, pueden suponer riesgos para la población, los bienes y el medio ambiente (ver recuadro adjunto). La ONU tiene registradas hasta 3.500 de ellas en el “Libro Naranja”, en el que recoge las recomendaciones para su transporte.

En el caso de las carreteras españolas, el movimiento de mercancías peligrosas debe hacerse según las condiciones establecidas en el Real Decreto 97/2014 del Ministerio de la Presidencia y siguiendo el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR). Este documento es admitido internacionalmente.

Limitaciones para circular. Anuncia Ocampo, jefa de Área de Autorizaciones Especiales de la DGT, aclara que, debido a la naturaleza de la carga, existen carreteras por las que no pueden circular: “Sólo pueden hacerlo por autopistas y autovías, y carreteras convencionales fuera del casco urbano y lejos de zonas de especial protección, por ejemplo, medioambiental”. Esto explicaría por qué la mayoría de siniestros de estos transportes en 2022, el 68%, se produjo en autovía o autopista, según el informe del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Estas vías constituyen la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP), que cada año publican las administraciones con competencias de tráfico. Sólo pueden abandonar estos itinerarios si es imprescindible para la carga y descarga, y en ese caso deben hacerlo por el tramo más corto y cercano a la propia RIMP. Además, tienen una limitación extra de velocidad: siempre 10 km/h por debajo de la limitación de la vía por la que circulan.

También tienen condicionantes temporales: No pueden transportarse ni domingos ni festivos, ni los días que se fijen en el calendario que se publica cada año. “En caso de urgencia en la DGT les damos una autorización para que puedan circular en algunos de esos días, pero eso no les exime de hacerlo exclusivamente por la RIMP, sólo es para que lo hagan en horarios o periodos que tienen habitualmente restringidos”, explica Ocampo.

Finalmente, los conductores de estos transportes necesitan una formación adicional para obtener el permiso ADR. El ADR básico habilita a un conductor para transportar en vehículos no cisternas cualquier tipo de materia peligrosa (excepto explosivos y sustancias radiactivas). Sería necesario disponer de las autorizaciones ADR complementarias para poder llevar cualquier camión con cualquier tipo de carga peligrosa.

Tipo de accidente. Dependiendo de las condiciones del siniestro, se clasifican en cinco tipos, que van del tipo 1 –en el que no hay descarrilamiento ni fuga– al tipo 5, en el que se produce la explosión del contenido y la destrucción del continente.

En cuanto a las situaciones que pueden producirse, según los medios necesarios para controlarlas y el riesgo para personas o medioambiente, se dividen en cuatro (del 0 al 3). La más común y menos difícil de afrontar, la situación 0, puede controlarse por los medios disponibles y no supone riesgo para terceras personas, el medioambiente o bienes al margen de la red viaria. En el extremo contrario, la situación 3 exige el concierto de medios propios y del Plan Estatal y debe ser declarada por el Ministerio del Interior.

Hay siniestros que según el ADR deben ser notificados a Protección Civil. En 2022, en la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (DGPCE) fueron registrados 55 siniestros de transporte de mercancías. De ellos el 66,2% fueron de situaciones de emergencia tipo 0. Y de los 706 siniestros en carretera reportados entre 2013 y 2022, el 76% no exigieron medidas de protección a la población. En el 60,9% de los casos de esa década, los implicados fueron camiones cisterna.

Recomendaciones. Los conductores deben extremar las precauciones ante estos transportes: aumentar la distancia de seguridad si se circula detrás de ellos, y extremar las precauciones en caso de adelantamiento son las principales recomendaciones de la DGPCE.

Si se observa alguna fuga, debe: avisar al conductor y al 112; evitar cualquier tipo de intervención para la que no se tienen conocimientos; no fumar, o alejarse del lugar para facilitar la llegada y actuación de los servicios de intervención, siempre intentando no interrumpir el tráfico.

En los espacios abiertos es importante no situarse en la dirección del viento, y en casa debe cerrar puertas y ventanas, bajar las persianas, conectar una radio a pilas y respetar cualquier instrucción de los servicios de emergencias.

Todo bulto de mercancía considerada peligrosa a efectos de su transporte debe estar perfectamente identificada con una pegatina. Por su parte, cualquier contenedor y cualquier vehículo en el que se traslade debe llevar dos tipos de señalizaciones exteriores: De un lado el conocido como “panel naranja”, recogido en el Reglamento General del Conductores como la señal V–11. De otro lado las llamadas placas–etiquetas que se corresponden con las pegatinas de peligro asociadas a esa mercancía.

? Panel Naranja: El número en la línea superior informa del tipo de peligro (emanación de gases, inflamabilidad, toxicidad o peligro de infección, radiactividad, corrosividad o peligro de reacción violenta espontánea). Si se duplica una cifra indica que se agrava el riesgo. Las cuatro cifras de la parte inferior corresponden al número de identificación de peligro según del Reglamento Tipo de la ONU (Libro Naranja). Debe colocarse un panel en la parte delantera y el otro en la parte trasera del camión.

? Pegatinas (carga) y placas–etiquetas (contenedores y vehículos): Las mercancías peligrosas se clasifican en 9 clases y 13 específicas, y entre ellas se encuentran gases, líquidos, sólidos, inflamables, corrosivos, radiactivos, tóxicas o infecciosas, peróxidos o que pueden sufrir combustión espontánea, ser dañinas para el medio ambiente, o simplemente estar a muy altas temperaturas. Cada uno de ellos se identifica con un tipo de pegatina o de placa–etiqueta diferente, que deben ser bien visibles desde el exterior. Se colocan en los dos costados y en cada extremo del contenedor y/o del vehículo, dependiendo del tipo de remolque.

Para más información consulta la web de la DGT.

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