¿Puedo conducir el coche de una persona que ha fallecido?: Hasta 200 euros de multa si te saltas este paso

¿Debe quedarse el vehículo parado hasta que se resuelvan los trámites? ¿Puede circular sin problemas?

ctv-lka-fotojet-47

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Cuando una persona fallece son muchas las dudas que les surgen a los herederos, entre ellas se encuentra la de poder o no utilizar su vehículo. Si se trata de un usuario particular, el coche se registra a nombre de una sola persona, mientras que si el vehículo ha sido adquirido por una empresa, puede que se registre a nombre de la misma, de una sociedad o sino a nombre de un representante de las dos anteriores.

Dejando atrás lo recién mencionado, es totalmente obligatorio que el coche esté registrado a nombre de alguien, quien tendrá que responder en caso de que se comenta alguna infracción o surja cualquier problema.

LA DGT DETALLA CUÁLES SON LOS TRÁMITES QUE HAY QUE REALIZAR PARA EVITAR SER SANCIONADO

La ley, concretamente el artículo 32.6 del Reglamento General de Vehículos, señala que si una persona fallece y tenía algún vehículo a su nombre, los herederos del mismo deben conocer si existe algún impedimento para que éste siga circulando de manera legal. Esto no se podría hacer siempre, ya que se establece un período de 90 días para que la persona que lo utiliza notifique el fallecimiento del dueño del mismo.

ctv-23y-fotojet-49

Para realizar estos trámites se necesitarían la solicitud, una tasa, los documentos de identidad, el certificado de defunción del titular o libro de familia, el documento que acredite la posesión del vehículo, el permiso de circulación y, por último, la tarjeta ITV.

¿A QUÉ SANCIÓN ME ENFRENTO SI NO REALIZO ESTOS TRÁMITES?

Si no se han llevado a cabo los trámites explicados anteriormente, la administración considerará que la persona ha cometido una infracción de tipo administrativo por la que recibirá una multa de 200 euros.

¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL?

Hace tan solo unos días la Dirección General de Tráfico (DGT) lanzaba una nueva campaña informativa con el objetivo de explicar a los ciudadanos los principales cambios de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que entrarán en vigor a finales del mes de marzo, entre los que se encuentran algunos relacionados con el uso del móvil o del cinturón.

ctv-h5v-fotojet-50

Pere Navarro, director general de Tráfico, explicaba en la presentación de la misma que "es oportuno y necesario que los ciudadanos conozcan las modificaciones porque si se conocen y se explican, la mayoría las interiorizarán y las cumplirán".

Temas relacionados

Programas

Último boletín

04:00H | 22 DIC 2024 | BOLETÍN