¿Se pueden limitar derechos fundamentales tras decaer el estado de alarma?

Lo resuelve el exfiscal de la Audiencia Nacional, Ignacio Gordillo, en 'El Cascabel'

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

A 72 horas de que decaiga el estado de alarma más largo de nuestra historia más reciente, nuestro país se enfrenta a vivir la covid-19 sin la protección jurídica que implicaba estar amparados por esta herramienta legal, necesaria para aplicar alguna de las restricciones vigentes.

Por ello, el Ejecutivo central, quien se ha negado a alargar el estado de alarma, ha recurrido a la justicia para resolver las contradicciones que las comunidades autónomas se pueden encontrar a la hora de aplicar una norma, ya que las audiencias provinciales han llegado a aprobar o a rechazar algunas restricciones autonómicas durante estos meses pasados en función de si estas afectan a alguno de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Bajo este paraguas, el exfiscal de la Audiencia Nacional, Ignacio Gordillo, ha querido denunciar en 'El Cascabel' dejan entrever que este tipo de cuestiones dejan entrever que la política está entrando de lleno en la Justicia.

Gordillo denuncia la inacción del Gobierno sobre este asunto

"Se está judicializando la vida pública porque esta es labor del legislativo. El estado de alarma durante los seis meses no se ha tomado ninguna medida por parte del Gobierno ni por parte del legislativo, se ha desperdiciado el tiempo", ha arrancado explicando.

Una situación que ha provocado que ahora muchos de los gobiernos autonómicos no sepan cómo poder aplicar algún tipo de restricción y su única alternativa sea recurrir a los tribunales. "Es que los tribunales no son para dar opiniones, para resolver dudas, los tribunales están para resolver conflictos. Han creado un recurso de casación exprés que no tiene ningún sentido con el fin de que se pueda recurrir al Supremo para que resuelva en cinco días. ¿Por qué esa tarea se le pasa a los tribunales? Estos van a ver si las comunidades afectan a los derechos fundamentales que solo se puede limitar con una ley orgánica y un real decreto de urgencia de necesidad", ha proseguido Gordillo.

Tras esta crítica, Gordillo ha limitado las restricciones que puede las nuevas comunidades a partir del día 9 de mayo. Solo, ha adelantado, se pueden tomar a las relativas de aforos, ya que el resto de las medidas implicarían el paraguas del estado de alarma.