Ramón Rodríguez Arribas, exvicepresidente del TC: "La Constitución no ampara la forma de actuar de Sánchez"
El magistrado ha explicado en 'El Cascabel' que no existe fórmula constitucional para pedir la prórroga de un mes del estado de alarma
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La intensidad política de la semana estará marcada por la petición de Pedro Sánchez al Congreso de los Diputados de prorrogar el estado de alarma un mes, dejando atrás las prórrogas de 15 días que se han venido haciendo hasta ahora. Con esta petición a la Cámara Baja, el presidente del Gobierno quiere mantener todo el plazo de la desescalada dentro del estado de alarma, con todas las variantes políticas que eso incluye.
En 'El Cascabel' ha estado Ramón Rodríguez Arribas, quien fuera vicepresidente del Tribunal Constitucional para explicar el motivo por el que esta prórroga no se puede llevar a cabo en el Congreso de los Diputados, ya que carece de carácter constitucional: "No es constitucional prorrogar el estado de alarma más allá de 15 días. Los plazos posteriores que se conceden pueden ser iguales o inferiores, pero nunca superiores. El control parlamentario permanente se establece porque se entiende que es un periodo de anormalidad que tiene que ser interpretado restrictivamente. Si hubiera alguna duda de si pudiera ampliarse el plazo de 15 días a plazos más amplios, cualquier interpretación sería errónea porque la más restrictiva es la correcta".
El exvicepresidente del Tribunal Constitucional ha reconocido que no se puede tomar estás decisiones por la "calle del medio" y que si las cosas se estuvieran haciendo bien no habría ningún problema en pedir una nueva prórroga dentro de 15 días, pero a su juicio: "La constitución no ampara esta forma de actuar".
El estado de alarma no puede suprimir ningún derecho fundamental ni ninguna libertad. Solo puede restringirlo algo. Las manifestaciones, siempre que se cumplan las condiciones de seguridad, tienen que autorizarse. E incluso ni se autoriza, sino que solo hay que notificar que se va a celebrar.