Un exdirector de la Agencia Tributaria analiza el comunicado del abogado del Rey emérito sobre su declaración

Ignacio Ruiz Jarabo ha desgranado en 'TRECE Al Día' las claves de la regularización fiscal de don Juan Carlos I

Redacción TRECE

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Ignacio Ruiz Jarabo, exdirector de la Agencia Tributaria, analiza en 'TRECE Al Día' la regularización fiscal del Rey emérito. Ante la investigación sobre el origen del dinero con el que un contribuyente trata de ponerse al día con Hacienda, el economista defiende que es razonable, y que “la Administración Tributaria a la que se haya presentado la declaración fuera de plazo tiene que comprobar si esta declaración es completa y correcta, porque si no es así, no produce los efectos liberatorios de la posible sanción administrativa o la posible pena por delito fiscal en su caso”.

El exdirector de la Agencia Tributaria expone que “ha de comprobarse el contenido de la declaración, con qué dinero se ha pagado el importe de la declaración e incluso debiera comprobarse el origen del millón de euros aproximadamente de ingresos omitidos en su día”. El economista opina que la información relativa presentada es “muy sorprendente, eso no es habitual, no está prohibido por la ley, pero tampoco está contemplado”. Y afirma que: "El contribuyente, en este caso el anterior jefe de Estado, ha decidido presentar su declaración y ahora de forma normal se inicia un procedimiento de comprobación".

"La información relativa presentada es muy sorprendente, no está prohibido por la ley, pero tampoco está contemplado"

Ante el posible trato de favor al Rey discutido, el economista señala que: “Ese posible trato de favor, de hablar con el contribuyente antes de abrir un procedimiento, es exactamente igual que se hizo en el año 2010 con los 600 de la lista de Falciani, yo no se si llamarle trato de favor, pero tan atípico es lo que se ha producido ahora con un contribuyente como se produjo en 2010”.

Ignacio Ruiz Jarabo explica en TRECE que el comunicado del abogado del Rey, el señor Sánchez, “no nos dice a qué ejercicio se refiere la regularización, qué impuesto de ha regularizado y no nos dice a qué Administración Tributaria se ha presentado”. Y explica que en estas condiciones se elaboran dos hipótesis: “Que haya presentado una declaración por IRPF o por donaciones, lo que es cierto es que según se ha publicado, parte de lo que recibió el rey luego ha acabado en manos de sus hijos y descendientes”. El economista afirma que la solución sería “hacer una declaración complementaria”.

En el caso de que volviese a pasar lo mismo, el exdirector de la Agencia Tributaria explica que: “Si el dinero que se encuentra se corresponde con los periodos y con el impuesto objeto de la regularización, el primer efecto sería que esa regularización no le libera ni de una sanción administrativa ni una pena por delito fiscal. Si un nuevo dinero se encuentra y corresponde con otros ejercicios u otros impuestos, el efecto liberatorio se produce pero surgiría otro ilícito tributario por los nuevos periodos y conceptos impositivos al que se refiera”.