Las principales novedades de la Ley de Vivienda que ahora verá el Congreso

La futura Ley de Vivienda, cuyo proyecto ha recibido este martes el visto bueno del Consejo de Ministros, llevagá al Congreso de los Diputados

ctv-p5i-21edb0678ab1d97dad963e8ca2c269315c65f3b3w

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

La futura Ley de Vivienda, cuyo proyecto ha recibido este martes el visto bueno del Consejo de Ministros, llevará al Congreso de los Diputados una batería de medidas para favorecer el acceso a la vivienda, especialmente por parte de los colectivos más desfavorecidos y de los jóvenes.

El texto, que se someterá al trámite parlamentario por la vía de urgencia, incluye casi una veintena de novedades, detalladas a continuación:

1. El parque público de vivienda social será considerado como patrimonio permanentemente sujeto a protección, evitando que se produzcan operaciones de venta a fondos de inversión por parte de las Administraciones territoriales.

2. Establece la calificación indefinida de la vivienda protegida, garantizando siempre, al menos, un periodo de treinta años.

3. Introduce el concepto de vivienda asequible incentivada para incrementar la oferta a corto plazo, favoreciendo la participación del sector privado y del tercer sector a través de la instrumentación de beneficios de carácter urbanístico y fiscal, entre otros.

4. Desarrolla y refuerza el concepto de vivienda digna y adecuada recogido en el artículo 47 de la Constitución, incorporando aspectos como el de la habitabilidad, accesibilidad, eficiencia energética, utilización de energías renovables...

5. Aprueba, por primera vez a nivel estatal, un marco jurídico que establece un conjunto de derechos y deberes de carácter general, y un estatuto para propietarios.

6. Incluye la declaración de zonas de mercado residencial tensionado por parte de las Administraciones con competencias en vivienda. Se establece en la norma estatal un procedimiento basado en criterios objetivos que determinará las medidas a aplicar.

7. Define lo que es un "gran tenedor", persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados (m2), de la misma naturaleza.

8. Establece nuevos mecanismos de contención y bajada de precios, a través de la mejora del marco fiscal, presupuestario, o de gestión patrimonial, y de regulación en áreas declaradas como de mercado residencial tensionado.

9. Fija una mejora de la regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles. Para ello, prevé un porcentaje de reducción del 50 % en los nuevos contratos de arrendamiento, que podrá incrementarse en función de diversos criterios.

10. Incluye una definición para que los Ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a viviendas vacías durante más de dos años, con un mínimo de cuatro viviendas por propietario, salvo causas justificadas, y modula el recargo de la cuota líquida de esta impuesto, que podrá alcanzar el 150 %.

11. Contempla mejoras en el procedimiento de desahucio que pueda afectar a la vivienda habitual de hogares vulnerables para garantizar una comunicación efectiva y rápida entre el órgano judicial y los servicios sociales, a los que se asegura que puedan ofrecer soluciones habitacionales a los afectados.

12. Establece un porcentaje mínimo del 50 % para vivienda protegida en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida, y clarifica la posibilidad de que la legislación urbanística pueda establecer una reserva del 30 % en suelo urbanizado.

13. Refuerza la actuación estatal en materia de vivienda y de rehabilitación, a través de planes plurianuales, basados en la cooperación interadministrativa.

14. Incorpora la creación del Consejo Asesor de Vivienda, para asegurar la participación de todos los agentes en la elaboración y desarrollo de estas políticas.

15. Dota de más garantías en la compra o el alquiler de vivienda a través de información básica de las condiciones de la operación y de las características de la vivienda y del edificio, de modo que el interesado podrá requerir datos básicos antes de formalizar la operación.

16. Aporta más transparencia en las políticas públicas de vivienda, para conocer todos los programas y servicios útiles para acceder a una vivienda, con la obligación de elaborar y mantener actualizado un inventario del parque público de vivienda y una memoria anual.

Programas

LOS ÚLTIMOS AUDIOS

Último boletín

04:00H | 22 DIC 2024 | BOLETÍN