Multas de Hacienda de hasta 150.000 euros a quien ingrese o saque dinero sin justificar del banco

La Agencia Tributaria se pone seria con los movimientos en efectivo que, si no podemos justificar, podrían suponernos una sanción con muchos ceros. 

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María Bandera

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Meter o sacar dinero del banco por muy efectivo que sea, no se escapa al control de Hacienda. Cierto es que estos movimientos son más difíciles de rastrear, lo que facilita que algunas personas o empresas oculten ingresos y no paguen impuestos.

Hay operaciones con determinadas cantidades que no están sujetas a ninguna fiscalización, pero sí que hay otras con las que se debe extremar el cuidado porque la Agencia Tributaria ha puesto sobre ellas todo su empeño.

Esto no quiere decir que no podamos hacer pagos en efectivo, simplemente que deben estar justificados si no queremos ser investigados.

Los bancos de hecho están obligados a comunicar a Hacienda cualquier operación que sobrepase ciertas cantidades establecidas, no solo para evitar cualquier actividad ilícita, también de cara a llevar un control en la declaración de la Renta. 

Esta carta de Hacienda puede costarte una multa si no la respondes

Alamy Stock Photo

Esta carta de Hacienda puede costarte una multa si no la respondes

hasta 150.000 euros

Hablamos de unos pagos que si entran en el radar de Hacienda y esta detecta algún tipo de irregularidad, la sanción puede costarnos varios ceros. 

La cuantía es directamente proporcional a la gravedad.  Se consideran infracciones leves aquellas en las que la base de la sanción no supere los 3.000 euros y no exista ocultación. En este caso, las multas pueden llegar a superar el 50% de la cantidad. 

Las graves radican en aquellas operaciones en las que la cantidad que no se ha declarado supere los 3.000 euros y que encima haya existido ocultación. Aquí el implicado deberá abonar de multa  entre el 50% y el 100% de la cuantía.

Subiendo en la escala, las infracciones muy graves se dan cuando se emplean medios fraudulentos, cuando se dejan de ingresar cantidades retenidas o que se tendrían que haber retenido. En estos casos las multas podrían oscilar en torno al 100-150% de la cantidad total.

Esto quiere decir que por una sanción de 100.000 euros, en el caso de ser multados con el porcentaje tope, habría que pagar hasta 150.000 euros.

Declaración de la Renta

EDUARDO PARRA

Declaración de la Renta

¿Dónde están los límites?

Para evitar la multa es por tanto necesario poder justificar los movimientos que hagamos en el manejo de determinadas cantidades de dinero. 

En los cajeros se pueden retirar e ingresar hasta 3.000 euros en una sola operación sin necesidad de justificarlo ante la Agencia Tributaria. No obstante debes de tener en cuenta que no todos los bancos te permiten retirar de esa cifra.

A partir de esos 3.000 euros, el banco tiene obligación de 'chivarse' a Hacienda, que por su parte puede poner en marcha una investigación para determinar la procedencia.

En caso de que necesitemos sacar una cantidad mayor, lo aconsejable siempre es hablarlo con nuestro banco,  hacerlo vía trasferencia o a través de un ingreso bancario. De esta manera dejaremos un rastro documental que facilitará cualquier justificación del dinero.

Una buena idea es declararlo también en nuestra Renta anual. 

billetes de 500 euros

Se trata de unos billetes que suelen estar en entredicho. Aunque es cierto que el Banco Central Europeo (BCE) acordó ya en 2016 dejar de producirlos, siguen estando en circulación. 

Usarlos en cualquier transacción es perfectamente legal, pero debes saber que si queremos ingresarlos o cambiarlos en el banco, la entidad informará al respecto.

Existe la obligación de declarar los movimientos de dinero en efectivo por el interior de nuestro país cuando las cantidades superen los 100.000 euros. A partir de esta cantidad se debe cumplimentar una declaración que justifique la posesión de dicha cantidad, Consiste en rellenar el modelo S-1 de la Agencia Tributaria, disponible en la página web de Hacienda.

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