SISTEMA PENSIONES

Prorrogadas otro año las condiciones de jubilación a despedidos antes de 2013

El Gobierno ha prorrogado la cláusula de salvaguarda incluida en la reforma de las pensiones de 2011, que garantizaba las condiciones de jubilación previas (más ventajosas) para las personas despedidas antes de la entrada en vigor de esa reforma el 1 de abril de 2013 y que no tuvieron un empleo después.,La cláusula, que el Consejo de Ministros ha prorrogado este martes por tercer año consecutivo, está condicionada a que ninguna de las personas afectadas haya sido incluida

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

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El Gobierno ha prorrogado la cláusula de salvaguarda incluida en la reforma de las pensiones de 2011, que garantizaba las condiciones de jubilación previas (más ventajosas) para las personas despedidas antes de la entrada en vigor de esa reforma el 1 de abril de 2013 y que no tuvieron un empleo después.

La cláusula, que el Consejo de Ministros ha prorrogado este martes por tercer año consecutivo, está condicionada a que ninguna de las personas afectadas haya sido incluida en algún régimen de la Seguridad Social después del 1 de abril de 2013, ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un comunicado.

Gobierno y agentes sociales pactaron esta garantía en la reforma de 2011 para que quienes no volvían a encontrar trabajo llegasen a la jubilación sin ver disminuida su expectativa de pensión, dado que ya no tenían posibilidad alguna de reacción.

El Gobierno del PP limitó la vigencia de esa cláusula a 2018 y el posterior Gobierno del PSOE la prorrogó para 2019 y 2020.

La Seguridad Social ha recordado que también pueden acogerse a la cláusula las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de expedientes de regulación de empleo, convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales aprobados, suscritos o declarados antes del 1 de abril de 2013.

Además, se mantiene el derecho de opción, es decir, estas personas pueden optar por la legislación ahora vigente.

Los sindicatos CCOO y UGT consideran que la decisión del Gobierno es fruto de sus demandas en el marco de la mesa de diálogo social sobre pensiones, aunque siguen reclamando que la cláusula se reponga en los términos en los que fue pactada, sin límite de tiempo, teniendo en cuenta que se trata de un colectivo de personas acotado y decreciente.

Tras la reforma de las pensiones de 2011 se hizo necesario tener más edad y más años cotizados para acceder a la jubilación anticipada forzosa a la que se ven abocadas las personas que no han podido volver a encontrar un empleo.

La edad legal de jubilación se va retrasando cada año en virtud del régimen transitorio establecido en la reforma de 2011, hasta llegar a los 67 años en 2027, mientras que la edad para la jubilación anticipada forzosa en caso de despido será siempre cuatro años inferior (dos años si la jubilación anticipada es voluntaria).

En 2021 la edad legal ordinaria será de 66 años y la de la jubilación anticipada forzosa subirá a 62 años, si bien la cláusula de salvaguarda permitiría al colectivo protegido por ella hacerlo a los 61 con 30 años cotizados, frente a los 33 años establecidos con la reforma de 2011.

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