¿En qué comunidades autónomas es más alto el impuesto de sucesiones?

A pocos días de que Andalucía elimine oficialmente el impuesto de sucesiones y donaciones analizamos el mapa nacional

¿En qué comunidades autónomas es más alto el impuesto de sucesiones?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, anunció el pasado mes de marzo que el impuesto de sucesiones y donaciones se suprimiría de "forma definitiva" en el plazo de un mes, lo que finalmente se producirá este 9 de abril. En dicho anuncio, Moreno anunció que, de esta forma, el tributo "pasará definitivamente a la historia de Andalucía y tendremos exactamente la misma fiscalidad que tiene la Comunidad Autónoma de Madrid". Y es que la Comunidad de Madrid consiguió eliminar este tipo impositivo recientemente, una propuesta que el PP llevaba tiempo anunciando. Pero, ¿qué comunidades autónomas son las que más pagan y las que menos?

Aragón es la región con mayor presión fiscal en este tipo, ya que para una riqueza de 800.000 euros se pagan 1.164 euros al año. A la comunidad aragonesa le siguen tanto Asturias, Castilla y León y la Comunidad Valenciana, donde la cuota líquida a abonar por un heredero de 30 años de unos bienes de los cuales 200.000 euros corresponden a la vivienda, sería de 63.000 euros. En el otro extremo de la lista están las Islas Canarias, donde la cuota líquida en condiciones similares sería de 134 euros. Le siguen de abajo arriba Extremadura y la Región de Murcia.

Así, en los últimos meses algunas de esas comunidades autónomas han buscado una variación en este tipo impositivo. Aragón ha incrementado la reducción para los sucesores del Grupo II, o lo que es lo mismo, descendientes y adoptados mayores de 21 años y los cónyuges, ascendientes o adoptantes de cualquier edad, hasta 500.000 euros, estableciendo en Donaciones una bonificación del 65% para familiares cercanos con una base máxima de 500.000 euros. Mientras, Cantabria ha liberado en los últimos meses de tributación no sólo del grupo II sino también al grupo I (descendientes, cualquiera que sea su filiación o adoptados, menores de 21 años) tanto en Sucesiones como en Donaciones. En cuanto a los herederos del Grupo III (beneficiarios colaterales de segundo y tercer grado), Canarias casi les libera de tributación -bonificación del 99,9%.

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