¿Sabes cuánto dinero puedes sacar de un cajero al mes sin justificar? Atento, Hacienda te puede echar el ojo

A la hora de mover dinero nos surgen muchas dudas sobre las cantidades por ejemplo que podemos sacar al día de un cajero o los límites de una transferencia

Cajero automático, archivo

María Bandera

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Sabemos que Hacienda está al quite de todo y eso nos genera cierta inquietud cuando realizamos operaciones y movimientos bancarios. Muchas veces de forma justificada pero otras no. Y es que a la hora de mover dinero nos surgen muchas dudas sobre las cantidades que podemos sacar o ingresar en un cajero o si por ejemplo hay un límite de cantidad para una trasferencia.

Lo cierto es que hay movimientos que no están sujetos a ninguna fiscalización, pero sí que hay otros con los debes de tener cuidado. La Agencia Tributaria está ojo avizor de cara a prevenir fraudes o blanqueo de capitales, según recoge la Orden Ministerial EHA/1439/2006 sobre la obligación de declaración de movimientos de efectivo, que entraba en vigor el 14 de febrero de 2007. Por ello los propios bancos tienen que comunicar a Hacienda las operaciones de sus clientes, no solo para evitar cualquier actividad ilícita, también de cara a llevar un control de cara a la declaración de la renta.

Es por ello que hay establecidos unas cantidades que se pueden depositar o retirar de un cajero automático sin tener que justificarlo a Hacienda.

Te puede interesar: El Banco de España aconseja cómo sacar dinero del cajero de una forma segura: este es el método idóneo

De esta manera puedes retirar hasta 3.000 euros de uno de ellos en una sola operación sin necesidad de justificarlo ante la Agencia Tributaria. En caso de que quieras o necesites sacar más de esa cantidad, deberás entonces hablarlo con tu entidad bancaria. Lo más seguro es que tengas que aportar documentos para que Hacienda y el Banco de España den el visto bueno. Ten en cuenta no obstante que no todos los bancos te permiten retirar de esa cantidad en sus cajeros.

Esa es también la misma cantidad que puedes ingresar en el cajero sin necesidad de justificación.

Cajero automático, archivo

Y al mes ¿cuánto puedo sacar?

Teniendo en cuenta que ese límite impuesto por la ley es de 3.000 euros diarios, podrías teóricamente retirar esa cantidad cada día durante un mes "sin superar el límite legal que requiere justificación", según explican los expertos de TaxDown.

Esto no quiere decir que no llame la atención de Hacienda y que pueda "ser motivo de investigación, ya que es una actividad inusual y las entidades bancarias y fiscales están atentas a patrones de retiro consistentes". Algo que no parece disparatado porque sacar a razón de 3.000 euros al día, supone 90.000 euros al mes.

Atención a los billetes de 500

Estos billetes siempre han dado mucho que hablar. El consejo de gobierno del Banco Central Europeo (BCE) acordó a principios de mayo de 2016 dejar de producirlos. En base a esta decisión, el Banco de España cesó su emisión desde enero de 2019, si bien siguen siendo de curso legal, por lo que están circulando y se utilizan como medio de pago y como depósito de valor, es decir para comprar y ahorrar.

Pues ojo porque si tienes alguno de estos billetes y quieres ingresarlo o cambiarlo en el banco, porque tu entidad informará al respecto.

Quizás sea por ello que el número de billetes de 500 euros en circulación se situara ya en el pasado mes de julio en 10,18 millones, alcanzando su cifra histórica más baja desde que el euro entró en circulación.

Cajero automático, archivo

Operaciones con 10.000 euros

Atención al igual a la concesión de préstamos y créditos con un valor superior a los 6.000 euros así como a cualquier operación que exceda los 10.000 euros o su equivalente en otra moneda que tendrás que declararla. Da igual que se trate de una trasferencia o un pago directo. Y ten en cuenta que si vas a viajar con 10.000 euros o más en tu maleta ya sea efectiv o en forma de cheques, debes también declararlo ante las autoridades aduaneras.

Y recuerda que los ingresos de más de 10.000 euros se deben incluir en la declaración de la Renta.

También hay que informar de retenciones e ingresos derivadas de las operaciones de compraventa o arrendamientos de propiedades residenciales o comerciales.

Te puede interesar: La 'trampa' en la subida de las pensiones: "Hacienda se lleva hasta el 37%"