¿Son festivos el 24 y el 31 de diciembre?

Nochebuena y Nochevieja son días laborables a efectos administrativos, aunque las empresas pueden darlos libres total o parcialmente

¿Son festivos el 24 y el 31 de diciembre o debo ir a trabajar?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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En primer lugar hay que explicar que en España las competencias sobre los días festivos de cada año se distribuyen entre las tres administraciones gubernamentales: nacional, autonómica y local. De esta manera, el Boletín Oficial del Estado publica en el último trimestre de cada año cuántos festivos habrá el siguiente, dejando un margen de tiempo para que las comunidades autónomas y los ayuntamientos repartan su parte del pastel. Por ejemplo, en 2018 el Estado concedió 9 festivos nacionales, cada región tenía derecho a elegir 3 y los consistorios municipales, 2. En 2019, el BOE ha otorgado un festivo nacional menos y un autonómico más para llegar a los 14 días no laborables.

En ninguna comunidad autónoma el 24 y el 31 de diciembre son festivos. Que lo sea depende siempre de la empresa o el sector profesional. Si su convenio colectivo así lo estipula, ese día los empleados no van a trabajar. Y si, siendo así, coincide en sábado o domingo, el asalariado tiene derecho a librar otro día. La casuística es variada: por ejemplo el Convenio Colectivo de las empresas de ingeniería y las oficinas de estudios técnicos dice que Nochebuena y Nochevieja son festivos a todos los efectos.

Si por el contrario, por las condiciones de la compañía o el ámbito en el que desarrollan su actividad, no pueden conceder vacaciones durante esos días, se establecen condiciones especiales compensatorias, como remuneraciones especiales y/o devolución de horas de libranza. Así lo establece, por ejemplo, el acuerdo entre empresa y trabajadores de una gran empresa como Telefónica.

Otra opción que escogen muchas empresas es considerar Nochebuena y Nochevieja como medias jornadas o jornadas intensivas. En ese caso, el derecho del trabajador es el mismo que cualquier día de esas características: está obligado a acudir al trabajo en esas condiciones. Es una práctica muy habitual debido a lo peculiar de esas jornadas, en las que las tardes se dedican a los preparativos de las tradicionales cenas familiares. Un ejemplo de ello es el convenio colectivo 2017-2019 para las farmacias, que deja libres las tardes de estos dos días, además del Sábado Santo.

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