La Audiencia Nacional dicta libertad provisional para Villarejo en tres causas, aunque seguirá en prisión

En el auto, los magistrados se apoyan para adoptar esta decisión en los artículos 503, 504 y 528 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La Audiencia Nacional dicta libertad provisional para Villarejo en tres causas, aunque seguirá en prisión

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la puesta en libertad del comisario jubilado y en prisión preventiva José Manuel Villarejo en tres de las más de treinta piezas que se instruyen contra él en la Audiencia Nacional en el marco de la macrocausa 'Tándem'. Esta resolución no supone su excarcelación porque pesa sobre él la prisión provisional acordada por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García-Castellón, por el resto de piezas.

En concreto, se dicta su libertad por las piezas 2, 3 y 6 de 'Tándem' conocidas como Iron, Land y Pintor, cuya instrucción ya finalizó en 2020 y están pendientes de celebración de juicio oral. Ahora, la Sala en un segundo auto conocido este miércoles indica que acumula las tres para enjuiciarlas a la vez.

El comisario se encuentra en prisión provisional desde el 5 de noviembre de 2017, y ahora el tribunal entiende que debe ser puesto en libertad provisional teniendo en cuenta los escritos de calificación, el tiempo que lleva privado de libertad y que está en prisión provisional a disposición del Juzgado Central de Instrucción número 6 por el resto de piezas de 'Tándem'.

De hecho, la razón de esta puesta en libertad es la naturaleza del delito más grave por el que se le juzga en estas piezas, el cohecho. Según fuentes jurídicas consultadas, este tipo está penado con hasta seis años de prisión, y Villarejo ya permanece en el Centro Penitenciario de Estremera desde hace tres años y cuatro meses aproximadamente, por lo que no debería seguir en prisión preventiva a la espera de juicio oral.

En el auto, los magistrados se apoyan para adoptar esta decisión en los artículos 503, 504 y 528 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el punto 2 del artículo 504 se detalla, en concreto, que la duración de la prisión provisional no podrá exceder de dos años si la pena privativa de libertad señalada para el delito (cohecho en este caso) fuera superior a tres años. Pero deja abierta la posibilidad de que, si las circunstancias hacen que no pudiera ser juzgada la causa en plazo, el juez o tribunal podrá acordar una prórroga de hasta dos años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a tres años.

MÁS DE CIEN AÑOS POR LAS TRES PIEZAS

Los tres 'proyectos' a los que se refiere la Sala son los primeros sobre los que el Juzgado Central de Instrucción número 6 ha finalizado las pesquisas. Si se suman las penas que solicita el Ministerio Fiscal para Villarejo por las tres, el comisario podría ser condenado a más de 109 años de prisión.

En concreto, en 'Iron' la Fiscalía Anticorrupción solicita 57 años de cárcel y una multa de más de 700.000 euros para Villarejo y una pena de 52 años de prisión para el comisario Enrique García Castaño, por el encargo de un despacho de abogados de espiar a un bufete de la competencia.

Entre los delitos se incluye el cohecho, el tráfico de influencias, el descubrimiento y revelación de secretos y la falsedad en documento mercantil. Junto al comisario y a García Castaño se sientan otras 12 personas (entre ellos a policías y abogados) y el bufete Herrero & Asociados.

Por su parte en 'Land', Anticorrupción solicita 38 años y 10 meses de cárcel y una multa de 252.000 euros para el comisario. En esta pieza se ha investigado el encargo de labores de espionaje por la disputa por la herencia del fundador de urbanización de lujo 'La Finca'.

En esta pieza número 3 de la macrocausa el juez considera que hay indicios suficientes para juzgar además a la esposa del comisario, Gema Alcalá, a su socio Rafael Redondo, a García Castaño, a los administradores de la ya extinta inmobiliaria Procisa Susana García-Cereceda y Francisco Lorenzo Peñalver, y a su jefe de seguridad David Fernández Aumente. Los delitos que imputa son cohecho, descubrimiento y revelación de secretos, y un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

En cuanto a la pieza 'Pintor', por la que Fiscalía solicita 14 años de cárcel para el comisario, versa sobre el encargo que le habrían hecho unos empresarios para extorsionar a un exsocio y al abogado de éste, el exjuez Francisco Javier de Urquía.

COINCIDENCIA DE VARIOS ACUSADOS

La Sala de lo Penal, acuerda enjuiciar las tres piezas a la vez atendiendo a recursos de varios de los acusados, y al entender que coinciden varios de ellos en las tres, que el delito de revelación de secretos aparece en todas, y que el de cohecho activo y pasivo se halla en dos. Suma que el hecho de que el resto de delitos por los que se ejerce la acusación, es decir, falsedad documental y tráfico de influencias o extorsión en grado de conspiración, no son incompatibles con los anteriores.

También tiene en cuenta que los delitos ocurren en un determinado lapso temporal, y que hay coincidencia de las pruebas pedidas por Fiscalía en las tres y por Abogacía del Estado en dos de ellas. Así, y con el objetivo de agilizar, el tribunal señala que a pesar de que son hechos diferentes hay una conexidad legal entre ellos y la pieza principal de la dimanan.

En el mismo auto, los magistrados rechazan la inhibición de la causa planteada por algunos investigados y mantiene la competencia de la Audiencia Nacional.

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