La DGT advierte: estas son las multas a las que te enfrentas si decides conducir con chanclas o sin camiseta

Las sanciones pueden variar dependiendo del tipo de infracción y, sobre todo, del peligro que suponga para la conducción

La DGT advierte: estas son las multas a las que te enfrentas si decides conducir con chanclas o sin camiseta

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Con el verano llega el aumento de las temperaturas y el consecuente calor, algo que se nota especialmente al subir al coche, donde pueden alcanzarse fácilmente los más de 40 grados; también llegan las excursiones a la playa, a la piscina o al río, donde mantenerse frescos. Por este motivo, son muchos los conductores y conductoras que, al subir a su vehículo, lo hacen en condiciones no recomendables, como por ejemplo con un calzado o una vestimenta inadecuados, y por las que podrían ser multados con una sanción económica. La gran pregunta, que se repite cada verano, es si la DGT puede multarte por conducir con chanclas o sin camiseta. La respuesta es afirmativa.

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No está prohibido

A pesar de que en el Reglamento General de Circulación (RGC) de la DGT no está explícitamente prohibido el hecho de conducir con un calzado determinado, o con la falta de una pieza de ropa, estos son puntos por los que los agentes pueden sancionarte de todos modos. Esto puede suceder en caso de que el agente que dé el alto a tu coche y, al observar el aspecto del conductor, entienda que el calzado usado, o la ropa, afectan a la seguridad de la conducción, es decir, que impide manejar bien los pedales, tener una buena visibilidad o limita nuestra movilidad, por ejemplo.

En el caso del calzado, existen tres artículos del RGC que estipulan, de un modo u otro, que el calzado debe ser adecuado para la conducción. Así, el artículo 3.1 hace referencia a que el conductor o conductora debe ser diligente y precavido para evitar cualquier daño, ya sea propio o ajeno. Otro artículo, el 17.1, establece que el conductor o conductora debe estar "en todo momento" en condiciones de controlar su vehículo. Finalmente, el artículo, el 18.1, obliga al conductor a "mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, manteniendo una posición adecuada". En caso de llevar calzado poco adecuado, algo que 3 de cada 10 conductores hacen, según la DGT, estos tres artículos son a los que pueden acogerse los agentes para justificar la sanción. Respecto al hecho de conducir sin camiseta, se aplican dos de estos tres artículos, el 3.1 y el 18.1, puesto que, en caso de sufrir algún accidente o susto, el hecho de ir sin camiseta puede causar graves daños al conductor, como quemadas u otras lesiones.

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Las sanciones

Aunque la prohibición no es explícita, los cuerpos de seguridad siempre recuerdan, especialmente a través de las redes sociales, que en caso de interceptar a un conductor y detectar que conduce sin alguna prenda o con un calzado poco adecuado, pueden sancionarle. Las sanciones por estas infracciones normalmente se sitúan entre los 80 y los 100 euros, dependiendo del tipo de infracción y, sobre todo, del peligro que suponga para la conducción.

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