Fin al mérito: un alumno podrá llegar a la Universidad con varios suspensos en su expediente
Esta nueva ley educativa ha generado mucho debate en nuestro país, ya que se pone en duda el valor del mérito a la hora de avanzar y sobre todo destacar en las diferentes etapas
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Importantes cambios en el sistema educativo de nuestro país. A partir de ahora, los alumnos podrán graduarse sin tener todas las asignaturas aprobadas. Además, los estudiantes se podrán presentar a Selectividad con un suspenso y finalmente no habrá exámenes de recuperación en la ESO.
Esta nueva ley educativa ha generado mucho debate en nuestro país, ya que se pone en duda el valor del mérito a la hora de avanzar y sobre todo destacar en las diferentes etapas educativas. Incluso en Bachillerato, ya que la nueva ley contempla que un estudiante pueda pasar esta etapa y enfrentarse a las pruebas de acceso a la universidad con un suspenso en su expediente.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha aprobado este martes el polémico Real Decreto de Evaluación, Promoción y Titulación, que entra en vigor desde este mismo curso. El texto que presentó la ministra Pilar Alegría en el Consejo de Ministros cierra la etapa de "promoción general" que inició su antecesora en el cargo, Isabel Celaá, con el objetivo de que los suspensos ya no sea un punto de inflexión para determinar si los alumnos puedan pasar o no de curso, y tampoco sea decisivo para decidir si se concede a un estudiante el título de la ESO o Bachillerato.
Ante este proyecto, las voces más críticas han señalado que este planteamiento del Gobierno no es más que una estrategia para disfrazar las cifras para mejorar los datos respecto a las repeticiones de curso y también a las graduaciones, datos que en la actualidad nos dejan en evidencia frente al resto de Europa.
Aunque todo se ha producido dentro del seno del Gobierno de coalición, sí que se han producido cambios entre la etapa de Isabel Celaá y la de Pilar Alegría. En primer lugar, durante la etapa de Celaá, se suprimieron los exámenes de recuperación en la ESO, algo que Alegría trató de recuperar a través de una moratoria en consenso con las autonomías. Al final, la actual ministra de Educación ha tenido que ceder bajo las presiones del Consejo de Estado, que ha señalado que no puede haber diferentes criterios autonómicos.
Dejando a un lado el valor de los exámenes de recuperación, este nuevo real decreto lo que va a permitir es que existan diferentes varas de medir, ya que no se establecen unos requisitos concretos y será de forma colegiada la junta de evaluación, formada por el equipo docente, la que tenga la última palabra sobre el futuro de los estudiantes. Es decir, los profesores tendrán que determinar si, aunque haya suspendido, el alumno ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes". En este punto se abre el debate sobre el valor que la subjetividad de un profesor puede tener a la hora de tomar esta decisión.
También se incluyen otros cambios sustanciales. Por un lado hay un único título de la ESO para todos los alumnos, aunque sean de un nivel distinto. También se indica que podrán conseguir el título los alumnos con necesidades especiales que hayan tenido adaptaciones curriculares "significativas" y no hayan estudiado los mínimos exigidos para el resto de estudiantes. Además, se podrá obtener el título cursando FP Básica, matriculándose un programa de diversificación curricular o, en el caso de los mayores de 18 años, haciendo una prueba personalizada.
Los cambios más sustanciales
El dato más polémico y debatido sobre esta ley es el hecho de que un alumno pueda plantarse en estudios universitarios teniendo algún suspenso en su expediente. Además, por etapas, los cambios más sustanciales respecto a la LOMCE son los siguientes.
En Primaria, con la LOMCE tampoco había límite de suspensos para pasar de curso. En nuestro país tampoco existe un título determinado para plasmar el final de esta etapa.
En la ESO, el tope de suspensos con la LOMCE estaba fijado en tres y ahora no hay límites. En cuanto a la obtención del título, la LOMCE autorizaba a dar el título con hasta dos suspensos, mientras que ahora no hay límites.
En Bachillerato se permite pasar de curso con dos suspensos, tanto en la ley actual como en la anterior LOMCE. En cuanto a la obtención del título, la ley aprobada por el Gobierno del Partido Popular solo contemplaba la concesión del título con todo aprobado, ahora con la ley Celaá se permite un suspenso. Es decir, el alumno se podrá enfrentar a la Selectividad con un suspenso en su expediente.
En la práctica, un alumno puede conseguir el título de la ESO con un número indefinido de suspensos sí el profesorado considera que ha adquirido las competencias fijadas. En Bachillerato, el alumno podrá pasar de primero a segundo con un máximo de dos asignaturas suspensas, tal y como ha ocurrido hasta ahora. Sin embargo, el cambio más sustancial se produce al final de esta etapa, cuando el estudiante podrá graduarse y presentarse a la prueba de Selectividad con una asignatura suspensa.
Las claves de cada etapa educativa
Las decisiones sobre la promoción serán adoptadas por los equipos docentes, que actuarán de manera colegiada. Se someterá a su consideración únicamente al acabar los cursos de segundo, cuarto y sexto, siendo esta automática en el resto de cursos de la etapa. Será completamente excepcional la repetición de curso, que se contemplará únicamente tras haber agotado el resto de medidas y cuando se estime que esta medida es la más adecuada para favorecer el desarrollo del alumno.
Los docentes tendrán la potestad de determinar sí las asignaturas no conseguidas por el alumno le permiten seguir con éxito el curso siguiente. La repetición pasa a ser una medida excepcional si se agotan todas las vías de apoyo. En este sentido, el alumno podrá permanecer una sola vez y dos veces como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria.
La decisión sobre si el alumno consigue la titulación recae totalmente sobre el equipo docente, que deberá, a la hora de tomar la decisión, primar la adquisición de competencias y el logro de los objetivos de la etapa como criterio fundamental para la concesión del título. Por tanto, se suprimen las recuperaciones de junio y septiembre, ya que se considera incongruente resolver todo el trabajo de nueve meses en una única prueba.
La evaluación del proceso de aprendizaje será igualmente continua, formativa e integradora Quienes superen todos los módulos incluidos en un ciclo de Formación Profesional Básica obtendrán el título de Graduado en ESO.
La promoción de 1º a 2º exigirá que el estudiante tenga un máximo de dos materias no superadas. Para facilitar la promoción se permitirá que el alumnado que lo precise pueda presentarse a una convocatoria extraordinaria en estas materias.
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de esta etapa.
De manera extraordinaria se prevé la posibilidad de obtener el título con una materia no superada, siempre que así lo acuerde el equipo docente y se cumplan además los siguientes requisitos: Se considere que ha alcanzado los objetivos y competencias vinculados a ese título, no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada, el alumno se haya presentado a todas las pruebas y realizado todas las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria y que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a cinco.
A expensas de la nueva regulación que haya de hacerse de estas enseñanzas tras la tramitación de la nueva Ley, la evaluación del alumnado en los ciclos formativos se ejecutará por módulos profesionales. La superación de un ciclo formativo de grado medio, grado superior o curso de especialización requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que lo componen.