Fiscalía pide tres años de cárcel a tres empleados de seguridad por agredir a un joven al grito de 'moro de mierda'

Europa Press

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La Fiscalía Provincial de Valencia solicita una pena de tres años de cárcel a tres empleados de seguridad de una discoteca de la ciudad de València acusados de agredir a un joven al grito de 'moro de mierda', 'moro de mierda, te mato'. La vista tendrá lugar el 1 de marzo.

El ministerio público considera que los hechos denunciados son constitutivos de un delito de lesiones con el agravante de abuso de superioridad y pide tres años de prisión y una indemnización conjunta de 2.240 euros para los tres vigilantes de seguridad.

Por su parte, la acusación del joven considera que los hechos revisten caracteres y elementos suficientes para ser considerados un delito de lesiones y un delito contra la integridad moral con el agravante de discriminación racista y de abuso de superioridad.

El abogado responsable de la acusación, Juan Molpeceres, sostiene que debe considerarse un delito de odio porque "desde el principio van a por él y no a por otro, todos los comentarios son dirigidos a su condición y le agreden a la vez que le insultan, dejándole tirado".

Los hechos se remontan al 6 de marzo de 2022, cuando un joven, de nacionalidad marroquí, denunció que esa noche, después de que algunos empleados de la discoteca le obligaran a salir del local por no tener entrada para estar en la zona VIP, los tres acusados se dirigieron a él y le propinaron diversos golpes, causándole una fractura de huesos propios de la nariz y erosiones en el cuello y muñeca. El joven tuvo que ser atendido por el servicio de urgencias por los diversos golpes que había sufrido.

La víctima denunció ante la Policía y posteriormente fue atendido por el equipo de igualdad de trato y no discriminación de la entidad València Acull.

Desde esta entidad han destacado, por un lado, la "importancia" de la acción de denuncia para evitar que se produzcan situaciones similares con impunidad. Por otro lado, coinciden con la acusación en que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de odio, "puesto que existen indicios suficientes para señalar que los acusados cometieron los hechos movidos por una motivación racista".

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