La Justicia sentencia que la Generalitat discriminó a Policía y Guardia Civil con las vacunas
El TSJC ordena continuar la vacunación a policías y guardias civiles "en igualdad de condiciones" con otros funcionarios de actividades esenciales
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha sentenciado este viernes que el plan de vacunación de la Generalitat fue "discriminatorio" para los efectivos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en Catalunya.
La sentencia estima el recurso que presentaron la Asociación de la Guardia Civil, Justicia Civil (Jucil) y Justicia Policial (Jupol) contra la Conselleria de Salut.
En abril, los sindicatos policiales presentaron un recurso exponiendo que en el proceso de vacunación, gestionado por las comunidades autónomas, "no se ha vacunado en Catalunya a Policía Nacional ni Guardia Civil, salvo a aquellos que, además de estar en activo o en reserva, tuvieran una edad de entre 60 y 65 años".
Por su parte, la Fiscalía se posicionó defendiendo que "las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado han sido excluidos injustificadamente de la aplicación de dicho plan de vacunación preferente, y relegados al sistema de vacunación común", por lo que sostuvo que se les había vulnerado el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
En cambio, la Generalitat negó discriminación y aseguró que "fueron acontecimientos ajenos a ella las que provocaron que la vacunación se produjera al ritmo que se expresa", como la dificultad para comunicar los datos y la paralización en su momento para vacunar con AstraZeneca.
Al valorar los argumentos, los jueces señalan que el documento de Estrategia de Vacunación frente al Covid-19 en España preveía una posición prioritaria en el orden de vacunación para policías y otros servicios de emergencias, y remarca que este plan "no establece diferenciación alguna entre los cuerpos" por ser estatales o autonómicos.
Toman en cuenta las cifras de vacunación a Mossos en comparación a Policía y Guardia Civil, y creen que "junto a ese retraso, se aprecia también una falta total de iniciativa en la administración autonómica respecto de la atención a los cuerpos nacionales".
Por todo, los jueces llegan a "la conclusión de que la administración autonómica no dispuso de la misma voluntad y empeño en la protección sanitaria de los cuerpos nacionales respecto de los internos".