Las denuncias contra el Gobierno por la gestión del coronavirus que podrían poner a Sánchez en aprietos
La oposición, abogados y funcionarios, entre otros, ya se han querellado contra el presidente y su Ejecutivo. ¿Saldrán adelante estos procesos?
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La gestión de la crisis del coronavirus por parte del Gobierno en España tiene más detractores que partidarios. Muchos ciudadanos consideran que Pedro Sánchez y su Ejecutivo no han estado a la altura de las circunstancias. Y ese sentir, para desgracia y preocupación de los máximos responsables del país, ya empieza a dejarse notar en forma de denuncias.
En estos momentos, hay hasta cinco procesos en marcha (ya en los tribunales o en fase preparatoria para llegar a estos) dispuestos a judicializar el modus operandi gubernamental ante la pandemia. Repasamos cada caso y respondemos a la gran pregunta: ¿pueden salir adelante?
Vox
El partido político liderado por Santiago Abascal ha anunciado este lunes que recurrirá el estado de alarma, en vigor desde el 14 de marzo, ante el Tribunal Constitucional. Por tanto, habrá acciones legales contra el Gobierno y sus cargos “por la dejación de sus responsabilidades e imprudencia grave y delitos dolosos”, como ha reconocido Jorge Buxadé, vicesecretario de Vox.
“El Gobierno está utilizando este estado de alarma para protegerse de los españoles”, se considera también desde la formación. “Ahora, la vicesecretaría judicial (de Vox) está trabajando en ello, y habrá que ir viendo quiénes son aforados y quiénes no, e ir distribuyendo las denuncias”, ha sentenciado Buxadé al respecto.
Víctor Valladares
Este abogado natural de Ourense se ha personado como acusación particular contra Pedro Sánchez en el Tribunal Supremo. Valladares denuncia al presidente del Gobierno por prevaricación administrativa y lesiones por imprudencia. Además, pide que declaren como testigos el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitaria, Fernando Simón, y otros 10 sanitarios.
La principal crítica de Valladares es que el Ejecutivo hizo caso omiso de las advertencias que desaconsejaban la realización de reuniones multitudinarias, como la manifestación del 8-M. Algo de lo que se tenía constancia desde el 2 de marzo y que también llevó a este letrado a pedir que se investigue a los delegados autonómicos del Gobierno.
“La denuncia no es sólo contra manifestaciones en defensa de los derechos de las mujeres, sino reuniones políticas, eventos deportivos y espectáculos musicales. Y es una denuncia presentada como particular, porque hay un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que determina que cualquier persona que sea testigo de un delito público tiene la obligación de denunciarlo”, declaró Valladares a COPE Ourense.
CSIF
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios presentó una denuncia contra el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Lo hizo por su gestión de la pandemia, en la que destacan, según esta institución, “la falta de previsión y las insuficientes medidas de protección con las que cuentan los/las profesionales del Sistema Nacional de Salud”.
Según CSIF, ambos aspectos podrían constituir “delitos contra los trabajadores por infracción de las normas en materia de prevención laboral, de lesiones y homicidio imprudente”. Se ha presentado la denuncia debido al “interés legítimo de los/las trabajadores” a los que representa el sindicato.
Abogados Cristianos
Esta asociación se querelló contra todos los miembros del Gobierno ante el Tribunal Supremo por los delitos de omisión al deber de socorro y prevaricación. Se solicita que se acepte la medida cautelar de obligar al Ejecutivo a repartir “de inmediato” material sanitario en centros sanitarios y residencias de mayores y discapacitados.
“El Gobierno tenía perfecto conocimiento de la letalidad del Covid-19, ya que fue en noviembre del 2019 cuando se conocieron los primeros casos de infectados”, afirma la presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, en la denuncia. También se recuerdan las advertencias e informes del Comité de Emergencias del Reglamento Sanitario Internacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades y la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad.
Fernando Simón también es querellado por su informe “en el que se explicaba que el virus se transmitía de humano a humano por contacto de menos de 2 metros”. “Mientras en Italia se empiezan a cerrar zonas enteras de país, el Gobierno de España impulsaba y animaba a acudir a manifestaciones feministas, sabiendo que se trataba de un virus altamente contagioso y que la asistencia a la manifestación implicaba un riesgo de contagio muy elevado”, se expone también.
“Ningún tipo de previsión, ni adquirir los tests como la OMS había recomendado dos meses antes, ni adquirieron equipos de protección, ni material médico, ni respiraderos. Sabían que muchas personas morirían y no les importó”, es otro de los fragmentos de la querella.
Policía Nacional
Los policías nacionales también preparan una querella contra el Gobierno. En su caso, por no atender al informe que el hoy cesado jefe del servicio de prevención de riesgos laborales del cuerpo, José Antonio Nieto González, firmó el 24 de enero. En él, se pedía una mayor protección ante el coronavirus.
Ha sido el sindicato JUPOL el que ha decidido acudir al Tribunal Supremo, con el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, como principal implicado en la denuncia por “negligencia”. Además, Pedro Sánchez podría ser incluido y se piden explicaciones del director general y del director adjunto operativo.
¿Prosperarán las denuncias?
El artículo 14 del Código Penal podría hacer que las querellas comentadas, y otras que se puedan dar, saliesen adelante. Dice lo siguiente:
“1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.
2. El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.
3. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados”.