Las interminables consecuencias de la Ley del 'sí es sí': rebajas por violaciones en robos o abusos a menores

El Tribunal Supremo ha confirmado 7 rebajas penales de las 29 que revisó, mientras que ha mantenido otras 13, entre ellas, referentes a violación o prostitución de menores

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Las interminables consecuencias de la Ley del 'sí es sí': rebajas por violaciones en robos o abusos a menores

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo (TS) avaló en su Pleno monográfico de junio las revisiones de fallos firmes hechas por los tribunales inferiores tras la ley del 'solo sí es sí', un total de 29 casos de los que se han conocido íntegramente 21, que incluyen condenas por violar y prostituir a un menor usado como "criado", agresiones sexuales a miembros de la propia familia y en robos. De estas, el Supremo revocó una rebaja, confirmó 7 y respaldó mantener 13 condenas.

Entre los casos donde el TS confirmó rebajas, destaca un caso que ocurrió en una discoteca de Madrid. Un hombre acudió con dos mujeres y, en un momento de la madrugada, con la "excusa" de llevar a casa a una que "estaba mareada por haber bebido demasiado", fueron a otro sitio donde la propuso tener sexo y, como se negó, la agredió. Logró escapar y pedir ayuda a otra chica. Ésta relato que la víctima "iba descalza, lloraba y tenía los pantalones un poco bajados".

El hombre fue condenado a 3 años de prisión por tentativa de agresión sexual. La Audiencia Provincial le rebajó a 2 años la pena, al estimar que la nueva ley le era más favorable. El Ministerio Fiscal impugnó pero el Tribunal Supremo ratificó la reducción de condena.

Los casos de rebaja de penas avalados por el Supremo

Los magistrados también avalaron la rebaja de pena acordada por la Audiencia de Madrid para un hombre, que pasó de los 8 años a los 6 años y 8 meses de prisión. Una noche conoció a una chica en una discoteca, donde estuvieron bailando. Después de llevarle a su casa, el condenado empezó a tocarla y, cuando ésta se opuso, se produjo la agresión sexual. Cuando él se quedó dormido, ella huyó de la vivienda.

En el fallo, el Tribunal Supremo confirmó la reducción de la condena a 13 años de cárcel por violación, 3 años por robo con intimidación, un año por lesiones y otro por allanamiento de morada contra un hombre que entró a robar en una casa y, encontrándose con una mujer que estaba limpiando en ropa interior, la amenazó con un cuchillo, ató y violó. Luego se llevó 95 euros que encontró. La Audiencia de Almería le revisó a la baja, dejando la condena en 9 años y 8 meses de prisión.

El TS abordó un caso similar, el de un hombre condenado a 6 años de cárcel por una agresión sexual que cometió después de entrar a robar en el domicilio de una mujer en Ibiza, a la que sorprendió mientras estaba acostada en su cama. "Si gritas o me causas cualquier problema te pegaré y si haces cualquier ruido desearás estar muerta", le dijo.

La Audiencia de Palma de Mallorca acordó reducir su pena de 6 a 4 años de cárcel. La mujer, sin embargo, recurrió al considerar inadecuada la rebaja. El Tribunal Supremo confirmó la reducción de la condena pero estimó de forma parcial el recurso de la mujer, imponiendo la pena accesoria de inhabilitación.

El TS también respaldó, en el fallo 2821/2023, la decisión de la Audiencia de Pontevedra de bajar la condena un hombre que abusó de sus dos hijas, a las que amenazó y amedrentó para que no contasen nada. Ratificó asimismo, en la sentencia 2819/2023, la rebaja de pena de 8 a 7 años de prisión acordada por esa misma audiencia para un hombre condenado por agresión sexual.

Casos donde no se revisan las condenas

En un fallo el Supremo se pronunció sobre el caso de un padre que hizo tocamientos a su hijo, de 7 años, y a su hija, de 6. Con el menor cesó al cumplir los 8 pero con la niña siguió más allá de esa edad. Condenado por abusos sexuales continuados a 12 años de cárcel, el Supremo confirmó la decisión de la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria de no revisar condena.

Otro de los sucesos analizados fue el de un hombre condenado a 10 años de cárcel por un delito de abusos sexuales contra su hijo menor de edad cuando su mujer se ausentaba del domicilio. La Audiencia de Cádiz negó una reducción de la pena, en un decisión sellada por el TS.

El alto tribunal también rechazó revisar a la baja la sentencia de un hombre condenado por la Audiencia de Madrid a 12 años de prisión como autor de un delito continuado de abuso sexual a un menor de edad con las agravantes de prevalimiento por parentesco.

En la sentencia 2816/2023, el TS avaló igualmente la decisión de la Audiencia de Castellón de no revisar la pena a un condenado por nueve delitos de prostitución y corrupción de menores, así como otros de agresiones y abusos sexuales.