SUCESOS LAVAPIÉS
Policías recurren al Constitucional que no se juzge a Rommy Arce por injurias
El sindicato Unión de Policía Municipal (UPM) recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del Supremo de archivar la causa contra la exconcejala de Ahora Madrid Rommy Arce por presuntas injurias a la Policía en varios tuits que escribió tras la muerte de un mantero en el barrio de Lavapiés en 2018.
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El sindicato Unión de Policía Municipal (UPM) recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del Supremo de archivar la causa contra la exconcejala de Ahora Madrid Rommy Arce por presuntas injurias a la Policía en varios tuits que escribió tras la muerte de un mantero en el barrio de Lavapiés en 2018.
El letrado que representa a UPM, Tomás González, ha adelantado a Efe que recurrirán ese fallo ante el tribunal de garantías la entender que sí se vulneró el derecho fundamental de los agentes a la dignidad y el honor.
La Sala de lo Penal del Supremo dictó el pasado 11 de noviembre una sentencia, a la que tuvo acceso Efe, en la que confirmó el archivo de la causa contra Rommy Arce al desestimar el recurso de casación que la Unión de Policía Municipal interpuso contra la decisión de la Audiencia de Madrid de estimar el recurso que presentó Arce contra el procesamiento acordado por el Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid.
La UPM recurrió porque entendía que los tuits de Arce no se enmarcaban en el derecho a la libertad de expresión, ya que el contexto en el que se publicaron suponen injurias a los agentes.
Arce publicó un primer mensaje el 15 de marzo de 2018, unas horas después de la muerte del mantero Mmame Mbaye en Lavapiés y cuando empezaron a producirse disturbios por parte de personas que atribuyeron su muerte a una persecución policial, que luego se descartó.
"Lucrecia Pérez, Samba Martine... hoy Mbaye. Los 'Nadie' víctimas de la xenofobia institucional y de un sistema capitalista que levanta fronteras interiores y exteriores. El pecado de Mame es ser negro, pobre y sin papeles. Hermano, siempre estarás en nuestro recuerdo", publicó la exconcejala.
Y el 17 de marzo de 2018 escribió: "Ayer Lavapiés dio una lección de democracia clamando justicia. Una concentración pacífica rindió homenaje a Mame Mbaye y exigió el fin de las políticas migratorias racistas y xenófobas que priva de derechos a los migrantes. No más persecuciones políticas en nuestros barrios".
Para el Supremo, "no se advierte en los mensajes que emitió, referencia ninguna directa a la policía municipal de Madrid, a ninguno de cuyos miembros se atribuye, desde luego, la trágica muerte de Mmame Mbage" y aunque "es verdad que en dos de los mensajes se efectúan sendas referencias a la policía" dichas expresiones "no constituyen una grave injuria a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
"Nos parece evidente que lo que expresan los mensajes referidos es la opinión que, al menos en ese momento, tenía la investigada respecto del capitalismo, de las instituciones y, más en concreto, de la política seguida en España con respecto a los inmigrantes", añaden los magistrados.
Explican que es cierto que la libertad de expresión no es un derecho absoluto, pues el ejercicio de los derechos fundamentales también conoce límites, como señala el Constitucional.
"Mas, en el caso, nos parece muy claro que la ausencia de cualquier inaceptable imputación concreta de la muerte de Mmame a ninguna persona o grupo; la inexistencia de insultos o expresiones ofensivas, clara y llanamente innecesarias para expresar la idea que trata de trasmitirse, conducen a concluir que las expresiones contenidas en los mensajes proferidos por la investigada permanecieron siempre dentro de dichos límites", precisa la Sala.
Aunque la Audiencia de Madrid exoneró a Rommy Arce, el proceso iniciado en los juzgados madrileños continuó contra tres procesados por presuntas injurias a la Policía tras la muerte del mantero: contra Malick Gueye, portavoz de los manteros, por una entrevista, contra Asunción G., responsable de una tienda en Lavapiés, por publicaciones en Facebook, y contra el periodista y tuitero Alfonso Loaiza por varios mensajes sobre el suceso.
Finalmente, tras ser juzgados, el Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid condenó a una multa de 2.100 euros a Loaiza por un delito de injurias graves a la Policía Municipal, y absolvió a los otros dos procesados: a Gueye porque no ve "intencionalidad vejatoria" en sus declaraciones y a la otra joven porque no quedó probado que fuera ella la que publicó mensajes ofensivos. EFE
pgm.rma/fg