¿A qué pena de prisión se enfrenta un pirómano por un incendio forestal?

Si no hay peligro para la vida o la integridad física los hechos se castigarán con penas que oscilarán entre uno y cinco años de cárcel

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¿A qué pena de prisión se enfrenta un pirómano por un incendio forestal?

Patricia Rosety, jefa de Tribunales de COPE

Publicado el - Actualizado

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A una pena de entre 10 y 20 años de cárcel se enfrenta una persona que provoque un incendio, sea el que sea, y que cause peligro para la vida humana o integridad física. Así lo dice el artículo 351 el Código Penal. Y en el 352 se centra en los incendios forestales. Si no hay peligro para la vida o la integridad física los hechos se castigarán con penas que oscilarán entre uno y cinco años de cárcel, y con multa de 12 a 24 meses.

El Código Penal tiene en cuenta, además, la gravedad del incendio forestal, gravedad que se refiere a una superficie de considerable importancia, graves efectos erosivos para los suelos, o que el fuego afecte a zonas próximas a núcleos de población o lugares habitados. Que altere de forma significativa las condiciones de vida animal o vegetal y que afecte a algún espacio natural protegido. También cuando el autor pretenda conseguir beneficio económico con los efectos del incendio. Por alguna de estas condiciones, cárcel de 3 a 6 años. Y penas de seis meses a un año para quien prenda fuego en el monte o zona forestal sin que se propague el incendio.

La última Memoria de la Fiscalía General del Estado, que analizó los datos de 2020, el primer año de la pandemia, el año del confinamiento, deja claro que la huella del hombre se encuentra en los incendios forestales. Se investigaron más de 3.300 incendios en los que murieron 4 personas y fueron investigadas más de 400. En el año anterior, 2019, fueron investigadas más de 500. Entre marzo y mayo de 2020 la declaración del Estado de Alarma hizo disminuir de forma considerable los incendios forestales.

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