Sumar se querella contra el presidente del CGPJ y los vocales que aprobaron la declaración contra la amnistía

El partido de Yolanda Díaz atribuye a los magistrados un delito de prevaricación por emitir una resolución "arbitraria" e "ilegal" al excederse de sus funciones

La vicepresidenta segunda en funciones y líder de Sumar Yolanda Díaz

Europa Press

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Sumar interpondrá este viernes una querella ante el Tribunal Supremo contra el presidente interino del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Vicente Guilarte, y los vocales conservadores del organismo por lo que califica como "inaceptable intromisión" en la función legislativa del Congreso, al autorizar y participar en el Pleno extraordinario que propició la declaración institucional contra la ley de amnistía.

Concretamente, la denuncia del grupo parlamentario de Yolanda Díaz, a la que ha tenido acceso Europa Press, acusa a estos miembros del órgano de gobierno de los jueces de incurrir en un delito de prevaricación administrativa, que conlleva inhabilitación de ejercer cargo público, por promover una resolución "ilegal", "arbitraria" y que excede las competencias del CGPJ.

Y se dirige contra sus ocho promotores, los vocales Carmen Llombart, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez-Tristán, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, José María Macías, Nuria Díaz Abad y María Ángeles Carmona.

También contra Wenceslao Olea --que votó a favor-- y apunta a Guilarte, el presidente, que optó por votar en blanco, como cooperador necesario al permitir la convocatoria de dicho pleno en la que estos juristas lanzaron su resolución contra la futura ley de amnistía. Es decir, formulan su querella contra los diez vocales conservadores del CGPJ.

De hecho, Sumar atribuye a los promotores de esa declaración arrogarse atribuciones que corresponde exclusivamente al Tribunal Constitucional, al pronunciarse sobre una proposición de ley cuando el texto normativo ni siquiera existía ni estaba registrado.

Es más, recrimina en su querella que su intención era mandar a la ciudadanía "un mensaje apocalíptico que sólo puede contribuir a una mayor crispación social", máxime cuando se le dotó de carácter institucional.

Desconsideración entre instituciones

Concretamente, la querella alude a la aprobación el pasado 6 de noviembre en sesión plenaria de la declaración institucional del CGPJ contra la amnistía que negociaban entonces PSOE, Sumar, ERC y Junts para investir a Pedro Sánchez como presidente del Gobierno, alertando de que su aplicación supondría la "abolición" del Estado de Derecho.

Sumar pone de relieve que esa resolución "descalifica e imputa conductas gravísimas" al jefe del Ejecutivo, que podrían ser calificadas como "desconsideración entre instituciones", contradiciendo incluso lo que marca el CGPJ en sus resoluciones previas respecto al Poder Judicial.

"Afirmaciones de extrema gravedad ajenas a su naturaleza jurídica y que convierten el acuerdo (...) en una actuación de crítica política partidista, desbordando de forma deliberada la naturaleza del órgano y del acto administrativo del acuerdo", ahonda el grupo parlamentario que, también, cuestiona la base legal que se siguió para convocar ese pleno del organismo judicial.

Acusan a los vocales del CGPJ de extralimitarse en sus funciones

El grupo parlamentario expone en su escrito que en dicho pleno se excedió las funciones del órgano de gobierno de los jueces, que además están limitadas por la situación de mandato caducado, y ahonda que los vocales querellados actuaron desde su "deliberada voluntad de eludir" esa carencia competencial, pese a que son juristas con condición de autoridad por formar parte de una de las principales instituciones del Estado.

Asimismo, resalta sobre el caso del presidente que su misión es velar para que todos los miembros del organismo se ajusten a las funciones del CGPJ, que en ningún caso incluye valorar la "conducta de otra autoridad del Estado" (en este caso el presidente), acuerdos políticos o "futuribles" normas.

Por otro lado, Sumar destaca que es "ineludible" que el acuerdo plenario del 6 de noviembre refleja su decisión de interferir en una cuestión que afecta a los "intereses generales" emitiendo una "resolución definitiva" y no puede considerarse como un "acto político".

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