Puigdemont, sobre Tsunami: "No dejes que la realidad estropee una buena imputación"

El expresidente de la Generalitat responde así a la decisión del Supremo de investigarle por terrorismo a raíz del caso Tsunami Democràtic

Carles Puigdemont

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad abrir causa para investigar al expresident catalán Carles Puigdemont y al diputado del Parlament Rubén Wagensberg por delitos de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso Tsunami Democràtic, en contra del criterio de la Fiscalía.

Los magistrados concluyen en un auto que para estos dos aforados es "necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico", una diligencia que solo puede practicar el Supremo por tratarse de aforados. El Tribunal ha designado como instructora a la magistrada Susana Polo.

El tribunal no alberga duda alguna de que los hechos que se imputan a Tsunami Democràtic se incardinan en el delito de terrorismo y recoge al menos una decena de sentencias de terrorismo callejero que consolida su doctrina sobre este delito.

El alto tribunal adopta esta decisión después de analizar la exposición razonada elevada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, en la que exponía los indicios que a su juicio acreditan la participación de Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg en los hechos investigados.

Sin embargo, declara la falta de competencia de la Sala para investigar a las otras 10 personas encausadas que no son aforadas.

Carles Puigdemont: "No dejes que la realidad estropee una buena imputación"

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha ironizado este jueves con la decisión del Tribunal Supremo de investigarle por terrorismo a raíz del caso Tsunami Democràtic: "No dejes que la realidad estropee una buena imputación", ha dicho en X.

"El mismo día que me acusan de haber recibido el regalo de un Rolex de 7.000€, me imputan por terrorista. Creo que ya solo falta que me salga una cuenta en Panamá. El Matrix judicial español ha adaptado la máxima del mal periodismo: no dejes que la realidad estropee una buena imputación", ha afirmado Puigdemont en X.

El Supremo en contra de la Fiscalía

El Supremo echa por tierra los argumentos que recoge el escrito de la teniente fiscal María Ángeles Sánchez Conde que creía que en este momento solo existen "meras conjeturas o sospechas" que no permiten atribuir ningún delito a Puigdemont, y la reprocha su "error" por hacer una "subjetiva interpretación" de los indicios cuestionándolos uno y a uno, sin realizar una visión de conjunto.

En cambio, asume la tesis de la mayoría de los fiscales del Alto Tribunal al apuntar a "la pluralidad de indicios" sobre Puigdemont que "acredita dominio funcional del hecho, liderazgo absoluto, autoría intelectual y asunción de las riendas" de Tsunami.

Añade que "hubiera podido evitar" los disturbios que siguieron a la sentencia del 'procés' "retirando su apoyo carismático" pero, "lejos de eso, animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento".

Dice el Supremo que "en una organización delictiva los hombres de atrás, que ordenan delitos con mando autónomo -pudiendo evitarlo- pueden, en este caso, ser responsables como autores mediatos, aun cuando los ejecutores inmediatos sean, asimismo, castigados como autores plenamente responsables".

Razona que "el autor mediato de este supuesto domina la ejecución del hecho, sirviéndose de todo un aparato de poder de organización que funciona desde la cúpula, donde se diseña, planifica y se dan las órdenes delictivas, hasta los ejecutores materiales de las mismas, no sin antes pasar tales órdenes por las personas intermediarias que organizan y controlan su cumplimiento".

En cuanto al terrorismo, el Supremo explica que los hechos encajan en el delito de terrorismo callejero derivado de la comisión de un delito grave contra la integridad física o moral, o bien contra la libertad, entre otros bienes jurídicos, llevado a cabo para alterar gravemente la paz pública, o para obligar a los poderes públicos a realizar determinada actuación.

Y aquí "se han cometido por los integrantes del movimiento Tsunami los delitos graves contra la libertad, integridad física, de atentados, falsedades documentales, el patrimonio y otros".

Además, el tribunal lanza un duro reproche a los políticos, especialmente al Gobierno y algunos de sus socios, porque "la afirmación" de que "solo las acciones de ETA o de la Yihad merecen ser tratados como terrorismo, es incompatible con la definición que del terrorismo" recoge el Código Penal.

En relación con los disturbios en El Prat (Barcelona), explica que "se perturbó el servicio de aviación internacional" en "una situación de absoluto caos y violencia" en la que los miembros de Tsunami actuaron "con perfecta coordinación" y "emplearon instrumentos peligrosos y artefactos de similar potencia destructiva a los explosivos", que "lanzaron contra los agentes de la autoridad”.

Además, se ocasionaron lesiones de especial gravedad a agentes y se cometieron "falsificaciones masivas y continuadas de billetes de avión y tarjetas de embarque" para "lograr que un gran número de personas accedieran de forma irregular" al aeropuerto.