El Supremo confirma la prisión permanente revisable para un hombre que mató a sus padres y abuelo en Tenerife
El suceso, que tuvo lugar en el domicilio familiar en el que todos ellos residían, ocurrió la madrugada del 23 de marzo de 2018 mientras toda la familia dormía
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La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 42 años y medio de cárcel y prisión permanente revisable para un hombre que mató a sus padres y abuelo adoptivos en el municipio tinerfeño de Guaza.
El suceso, que tuvo lugar en el domicilio familiar en el que todos ellos residían, ocurrió la madrugada del 23 de marzo de 2018 mientras toda la familia dormía.
El condenado planteó recurso al Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que confirmó a su vez la sentencia inicial de un tribunal del jurado de la Audiencia de Tenerife, alegando que debía serle aplicado una eximente por trastorno mental transitorio.
Su defensa aportaba como soporte que el técnico sanitario que le atendió dijo que estaba en estado de shock, con las pupilas dilatadas y la piel pálida, y que un policía local que acudió al lugar de los hechos aseveró que estaba muy nervioso e hiperventilando.
El alto tribunal, en cambio, desestima esa pretensión y explica que en los hechos declarados probados en la sentencia de instancia, mantenidos en la de apelación, no aparece ningún hecho en el que pueda basarse la existencia de un trastorno mental en el momento de ocurrir los hechos ni elementos que permitan su apreciación ni como eximente completa ni como incompleta.
"En el caso, todos los datos disponibles conducen a afirmar que el recurrente mantenía el control de su voluntad y que sus facultades no estaban alteradas de forma relevante para disminuir su capacidad de culpabilidad", señalan los magistrados del Supremo.
Esta última sentencia considera que "la forma de preparación de sus actos, poniéndose previamente unos guantes de látex y utilizando un cuchillo adecuado" o "la forma del ataque a su familia adoptiva, aprovechando que su padre dormía" son hechos que desmontan el recurso del condenado.
En esa misma dirección citan los magistrados del Supremo "los lugares del cuerpo donde dirigió todos los golpes; la existencia de recuerdos coherentes de lo sucedido; la llamada al 112 comunicando que un ladrón había entrado en la casa y había causado las muertes; y el estado que presentaba poco después de los hechos, pues la médico-forense señaló que llegó al lugar aproximadamente una hora y media después del despliegue del operativo y encontró al acusado tranquilo, orientado y consciente".
Todo ello, añaden, "coincide con la apreciación de los agentes policiales que se entrevistaron con él y acordaron su traslado a dependencias policiales".