BEBES ROBADOS

El Tribunal Supremo revisa un nuevo caso de bebés robados

El Tribunal Supremo abordará este martes un nuevo supuesto caso de bebés robados, el de un recién nacido en el hospital Manuel Lois de Huelva en 1992, cuyo procedimiento fue archivado por la Audiencia Provincial en base a la prescripción y que podría ser clave para reabrir cientos de casos en los juzgados.,Cinco magistrados de la Sala de lo Penal analizarán el recurso presentado por la asociación SOS Bebés Robados Huelva contra el sobreseimiento libre de la causa, que cont

Agencia EFE

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El Tribunal Supremo abordará este martes un nuevo supuesto caso de bebés robados, el de un recién nacido en el hospital Manuel Lois de Huelva en 1992, cuyo procedimiento fue archivado por la Audiencia Provincial en base a la prescripción y que podría ser clave para reabrir cientos de casos en los juzgados.

Cinco magistrados de la Sala de lo Penal analizarán el recurso presentado por la asociación SOS Bebés Robados Huelva contra el sobreseimiento libre de la causa, que contó con el voto particular de uno de los miembros del tribunal cuando la causa fue revisada por segunda vez en 2018 tras un primer carpetazo en 2012.

Lo harán después de que hace apenas dos semanas el Supremo resolviese el único caso que ha conseguido una sentencia del alto tribunal: el de Inés Madrigal, a quien la Justicia la reconoció como bebé robada pero que más tarde descubrió que fue entregada por su madre biológica.

El tribunal consideró no probada su detención ilegal, aunque confirmó el delito de falsedad y la ilegalidad de aquella adopción de 1969, y rehusó pronunciarse sobre la prescripción de los delitos dado que el acusado, el ginecólogo Eduardo Vela, había fallecido y ello hacía inviable una petición de condena.

Rechazó de ese modo especular sobre una cuestión con finalidad puramente teórica, que para las víctimas es clave porque sustenta por el momento el archivo de numerosos casos en los juzgados.

Ahora, el Supremo deberá estudiar uno de esos archivos, el de la supuesta sustracción de un bebé en Huelva, nacido en 1992, lo que demostraría, según ha sostenido siempre las asociaciones, que en España el robo de bebés no fue patrimonio de la dictadura sino que la democracia heredó una práctica del franquismo.

El bebé supuestamente falleció durante el parto y los médicos certificaron la muerte al tiempo que recomendaron a la madre que lo mejor es que no viera el cuerpo porque solo le causaría más dolor. Le practicaron una autopsia y guardaron tejidos del bebé.

Así, la familia no vio el presunto cadáver ni reclamó el cuerpo por "ignorancia" ya que en aquella época "nadie pensaba mal de los sanitarios", explican a Efe desde la asociación, por lo que tampoco fueron ellos los que lo enterraron en el cementerio.

Hasta que en 2011 saltaron todas las alarmas, cuando la Asociación Nacional de Afectados por Adopciones Irregulares (Anadir) advirtió de la trama de los bebes robados en España. La familia se enteró por los medios de comunicación y fue entonces cuando tomó conciencia de que su bebé pudo ser uno de ellos.

Entonces, la familia inició una búsqueda en la que descubrió dos hechos clave. Primero, el cotejo entre el perfil genético de la madre con las muestras de tejidos del bebé que se guardaron tras la autopsia dio negativo. No coinciden, lo que evidencia "que el fallecido no era su hijo", según la asociación.

Y, segundo, comprobaron que en la documentación de entradas del cementerio de Huelva el recién nacido aparecía en la fosa común en 1992, pese a que esta ya había sido cerrada dos años antes, en 1990.

Con este panorama, la familia acudió a SOS Bebes Robados Huelva que denunció los hechos en 2012 ante un juzgado que cerró el caso amparándose en la prescripción de los delitos y sin tomar declaración a ninguno de los 18 sanitarios que pidieron investigar, añaden las fuentes.

Recurrieron a la Audiencia Provincial que confirmó el archivo del procedimiento entonces al fijar la prescripción en 15 años desde el nacimiento del bebé y otra vez en 2018 cuando se reunieron para revisar los criterios a aplicar en supuestos casos de bebés robados.

Pero en esta segunda ocasión hubo dos hechos novedosos, que la audiencia estableció que los jueces de instrucción podían investigar los casos sin archivarlos de forma automática -aunque luego se les aplique la prescripción- y que se dictó un voto particular.

El presidente de la Sección Tercera de la Audiencia, Jose María Méndez Burguillo, consideró -en contra del criterio de sus compañeros- que el plazo de la prescripción computa desde que el afectado tenga conocimiento (si una persona no sabe que fue robada, no prescribe) y que el resto de delitos están subyugados al principal de detención ilegal o sustracción de menores.

Pero aun quedaba una última puerta vía Tribunal Supremo. La asociación recurrió en virtud del artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que cabe recurso de casación, únicamente por infracción de ley, contra autos de sobreseimiento libre (definitivo) que hayan sido dictados por la audiencia y cuando la causa se haya dirigido contra el encausado mediante una resolución judicial que suponga una imputación fundada.

Y a esa posibilidad se agarró la asociación para poder reabrir la investigación y evitar la prescripción que tanto temen las familias.

Herrera en COPE

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